Loomio
Mon 22 Jun 2015 9:39PM

Convocatoria y propuesta de orden del día del consejo ciudadano de PODEMOS en Candelaria

J Juanjo Public Seen by 191

Los siguientes miembros del Consejo Ciudadano, que constituyen la mayoría del mismo:

María del Cristo Hernández Diaz
María José Ramos Rodríguez
Juan José Triana Marrero
Agustín Espinosa Diaz

convocan para el próximo miércoles 24 de junio, a las 20.30 horas, en el local cedido a Podemos en C/La Cardonera, en el barrio de Santa Ana, al Consejo Ciudadano Municipal, con el siguiente Orden del Día:

Punto Uno: Situación creada en Podemos de Candelaria ante la destitución del hasta ahora secretario general municipal por parte de la comisión de garantías.

Punto Dos: Medidas a tomar para reactivar al partido en Candelaria.

Punto Tres: Ruegos y preguntas.

JA

José Antonio Tue 23 Jun 2015 9:46PM

Como siempre ocurre nadie se lee nada de nada.

Reglamento de Procesos Municipales:

5.6 En caso de falta permanente del Secretario/a General:

En caso de falta permanente del Secretario/a General, ya sea por dimisión, fallecimiento o cualquier otra causa sobrevenida así confirmada por la Comisión de Garantías, se deberá repetir el proceso de elección.

JA

José Antonio Tue 23 Jun 2015 9:51PM

Artículo 39. El/la Secretario/a General Territorial
1. El/la Secretario/a General Territorial (Autonómico, Insular o Municipal), es el/la responsable de la representación política e institucional del partido en ese territorio y tiene las competencias siguientes:
a. Ejercer la representación política e institucional del partido.
b. Asegurar la coherencia estratégica, la unidad organizativa interna y la coordinación de las áreas ejecutivas del Consejo Ciudadano Estatal.
c. Presidir el Consejo Ciudadano y el Consejo de Coordinación.
d. Dentro de su ámbito de competencia territorial, convocar para cuestiones de especial trascendencia, si lo estima oportuno, una Asamblea de cualquier nivel territorial.
e. En su caso, si así se hubiese decidido en la Asamblea Ciudadana Municipal. proponer a los miembros del Consejo de Coordinación para su elección en el Consejo Ciudadano.
f. A nivel autonómico, la representación legal del partido, será
ostentada por el/la Secretario/a General y un miembro del Consejo de Coordinación, elegido por éste, que actuarán de manera solidaria. Ambos/as tienen plenas facultades para contratar en nombre de PODEMOS y obligarlo válidamente por cualquier título o cualquier forma admitida por el derecho. La/el Secretario/a General y el miembro designado por el Consejo de Coordinación podrán otorgar los apoderamientos generales o específicos que consideren convenientes para el buen funcionamiento de la administración de PODEMOS. Ambos/as informarán de manera regular de sus actuaciones al Consejo de Coordinación y al Consejo Ciudadano.

JA

José Antonio Tue 23 Jun 2015 9:56PM

¿Alguien, de verdad, piensa que se puede continuar en Candelaria sin Secretario General como si no hubiese pasado nada?, ¿donde dice que la mayoría del Consejo Ciudadano puede continuar con la organización como si aquí no pasase nada?.

Por Dios señores ya se que es muy difícil pero se supone que son gente preparada, algo de cordura.