Por el Derecho a una muerte digna. Aportado por asociaciones en Defensa muerte Digna.
Por el derecho a una muerte digna
Derogación del artículo 143 del Código Penal que considera delito la eutanasia y el suicidio asistido y elaboración una ley reguladora.
Diseño de un documento de voluntades anticipadas único para todo el territorio nacional. Simplificar y unificar el procedimiento administrativo para su cumplimentación y registro. Fomentar e informar desde los centros de salud y médicos de familia de la importancia de tener este documento como forma de asegurarse una muerte digna, como forma de salvaguardar el deseo propio por encima de la opinión del equipo médico o de los familiares de familiares.
Incorporación del documento de voluntades anticipadas al historial médico de todos los pacientes, accesible para el personal sanitario desde cualquier centro médico del territorio nacional.
Establecer la obligatoriedad, por parte del personal sanitario del cumplir la voluntad del paciente en los términos expresados en dicho documento.
Fernando ArenasWed 11 Nov 2015 5:43PM
Cambiaría el redactado "independientemente de la ideología del equipo médico que pueda tratar al paciente, o de las opiniones contrarias de familiares."
Por "Como forma de salvaguardar el deseo propio por encima de la opinión del équipo médico o de los familiares de familiares."
Roberto SorianoWed 11 Nov 2015 7:21PM
Haría alguna mención al testamento vital en cuanto no se modifique la legislación
JuanaMoyaThu 12 Nov 2015 6:29AM
Realizaremos cambio de redaccion
Javi GalanThu 12 Nov 2015 8:22AM
La redacción es muy importante...hay una reacción conservadora que se quiere apropiar y desideologizar determinados conceptos...lo que no aceptan es la despenalización de la eutanasia y el suicidio asistido
Alicia AlcaldeThu 12 Nov 2015 4:07PM
Roberto Soriano: el documento de voluntades anticipadas es lo mismo que el testamento vital.
Alicia AlcaldeThu 12 Nov 2015 4:18PM
Se podría añadir, si hay acuerdo al respecto, después del párrafo sobre la despenalización; "Entendiendo por eutanasia tanto la llamada “eutanasia indirecta” o adelantamiento de la muerte por sedación paliativa, como los comportamientos omisivos (eutanasia pasiva), o fallecimiento por rechazo de un tratamiento o por criterio médico (limitación del esfuerzo terapéutico que evite el encarnizamiento); así como los procedimientos para ayudar a morir, de forma rápida e indolora, necesaria y directa, a un enfermo que lo solicita reiterada e inequívocamente en un contexto de sufrimiento debido a una enfermedad incurable y que no ha podido ser mitigado por otros medios."
Javi GalanThu 12 Nov 2015 9:29PM
No estoy de acuerdo Alicia
La eutanasia sólo es una
No existe la eutanasia indirecta ni eutanasia pasiva
El rechazo a un tratamiento, la limitación del esfuerzo terapéutico, la sedacción paliativa son prácticas médicas son legales y buenas prácticas médicas no eutanasia
Ricardo TormoFri 13 Nov 2015 5:42PM
En la práctica hemos visto en Galicia el caso de la pequeña Andrea, que solo ha visto terminar su sufrimiento por intervención judicial. Aunque hay prácticas consideradas legales todavía prevalece la opinión de los médicos sobre los deseos de los pacientes o familiares. Por ello estoy con Alicia en regular tanto unas como otras con mención expresa al respeto de la decisión del paciente, sea por el documento de voluntades anticipadas o manifestado expresamente en el momento.
·Wed 11 Nov 2015 5:41PM
Redacción alternativa para el primer enunciado (propuesta de Andalucía):
• "Asegurar el derecho al tratamiento del dolor y a una muerte digna".