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Modificar la normativa concursal que afecta a los trabajadores CONSENSUADA NODO ARAGON

JM Jesús Molíns Public Seen by 265

Se trataría de clarificar las dudas de aplicación de aquello dispuesto en el artículo 184.6 de la Ley Concursal.
Establecer la obligatoriedad de que, en empresas con un determinado número de trabajadores, éstos estuvieran representados por Comités, o Sindicatos, en la administración concursal.
Devolver la competencia de los ERE a la autoridad laboral.
Establecer una graduación de créditos, diferente de la actual, que garanticen la efectiva satisfacción de los derechos de los trabajadores.
Determinar en el propio concurso las responsabilidades patrimoniales, y de todo tipo, no sólo del concursado, sino del grupo de empresas.
Garantizar la obligatoriedad de dar continuidad a la empresa en caso de tener viabilidad industrial.

JM

Jesús Molíns Thu 12 Nov 2015 2:20PM

CONSENSUADA NODO ARAGON