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Esmena 24: Modificación y adición / Capítulo 8. Administración, fiscalización y control. El interventor / Miguel Matz. Círculo de BCN

MO Marta Olivan Public Seen by 41

Enmienda:

EL INTERVENTOR.

"El Consejo Ciudadano elegirá cada año entre sus miembros a un interventor de cuentas, que no
podrá ser miembro del Consejo de Coordinación. Su función será mantener un control
permanente sobre la gestión económica del partido."

Modificar:

EL INTERVENTOR.

La Asamblea Ciudadana elegirá cada año entre los afiliados a un interventor de cuentas, que no
podrá ser miembro del Consejo de Ciudadano. Su función será mantener un control
permanente sobre la gestión económica del partido.

Añadir:

EL AUDITOR
La Asamblea Ciudadana elegirá con la periodicidad que se crea oportuna a un auditor externo, que no
podrá ser miembro de ningún órgano organizativo de Podemos. Su función será realizar un control
periódico sobre la gestión económica del partido.

Justificación:

Se trata de que quienes tengan que fiscalizar los temas económicos no sean los mismos que manejan los recursos.

ENS

Eli Nuñez S. Fri 15 Aug 2014 8:39AM

El auditor no administra recursos ecónomicos, no sólo hace auditoría de cuentas, si tiene experiencia en auditoría externa e interna puede realizar auditorías de diferentes áreas de la entidad como puede ser recursos humanos, tesoreria,detectar fraudes etc, es importante tenga ÉTICA profesional, sea interno o externo, asi no callará ni será ciego,como casos que ya hemos visto

DU

Deleted User Fri 15 Aug 2014 10:59PM

Los miembros del Consejo de Coordinación lo son del Consejo Ciudadano, por tanto el interventor no pertenecería a ninguno de los dos.