Loomio
Sun 25 Jan 2015 9:26AM

Acta de la sesión constituyente del Consejo Ciudadano Municipal de Podemos en Candelaria, celebrada el 22 de enero de 2015

J Juanjo Public Seen by 104

ACTA

Lugar: Local cedido a Podemos en Santa Ana (Candelaria), frente al Bar Asociación de Vecinos, Calle Cardonera

A las 19:00, hora prevista en la convocatoria, comparecen los siguientes miembros electos de este consejo:
• Mª del Cristo Hernández Díaz
• Mª José Ramos Rodríguez
• Agustín Espinosa Díaz
• Juan José Triana Marrero

Se deja transcurrir un margen de media hora, a fin de dar tiempo para que comparezcan los demás compañeros electos. Finalizado dicho plazo, se decide por unanimidad dar comienzo a la sesión a las 19:30 en segunda y definitiva convocatoria.
Se inicia la reunión con la decisión de la persona que actuará como moderador/a aceptándose por unanimidad que sea Agustín Espinosa Díaz. Se aclara que las intervenciones serán de 2 minutos como máximo, controlándose estrictamente. A continuación se acepta también por unanimidad que sea Juan José Triana Marrero quien recoja el acta.

Los miembros presentes declaran formalmente constituido el Consejo Ciudadano Municipal de Podemos en Candelaria conforme lo previsto en el capítulo 2 del bloque II del documento político-organizativo. Son del parecer asimismo los miembros presentes de que debe de constar explícitamente en acta que lamentan profundamente la ausencia del compañero secretario general, para la que no encuentran justificación alguna, toda vez que fue él mismo quien convocó en tiempo y forma mediante escrito de 7 de enero de 2015 la presente reunión, la cual como órgano máximo debería presidir (de estar presente).

Seguidamente procedieron a incluir en el Orden del día, para ser sometidos a debate y votación los siguientes asuntos:

1) Redacción del reglamento interno del Consejo. Se convino en que, entretanto se redacta un reglamento más detallado, las normas mínimas de funcionamiento de este consejo son que el quorum mínimo será la mayoría absoluta de los miembros del consejo; el lugar, fecha, hora y orden del día será previamente aprobado por la mayoría del consejo; se podrá delegar el voto por causa justificada.

2) Convocatoria del Círculo. Los miembros presentes de este consejo ciudadano y los demás compañeros que se sumen convocaremos una reunión del Círculo Podemos de Candelaria para tratar de los siguientes asuntos:

a. Información general sobre el proceso de elección de los órganos internos municipales
b. Información general sobre la constitución del Consejo Ciudadano de Candelaria
c. Información sobre el estado actual de la diferentes comisiones y propuestas para su reactivación.
d. Propuestas para la reactivación y dinamización del Círculo conforme lo previsto en el capítulo 3 del título II del bloque II del documento político-organizativo.
e. Ruegos y preguntas.

3) Situación de la página Facebook del Círculo. Se aprobó por unanimidad que l@s actuales administrador@s del grupo de página Facebook del grupo de Podemos Candelaria debían de hacer entrega a este consejo ciudadano de las claves e identidades correspondientes, a fin de que pudieran ser designados administradores realmente neutrales e independientes, cuya identidad y pertenencia a Podemos pudiera ser verificable, y que fueran elegid@s para ello por el Círculo.

4) Proceso de Unidad Popular. Estando próxima la fecha del 31 de enero de 2015 en que, conforme lo previsto en el punto 2) del capítulo 2 del bloque 1 del del documento político-organizativo, es la “fecha límite para cerrar el formato, actores y características de la candidatura municipal”, se acordó por unanimidad de los presentes que este Consejo debía retomar los contactos con otros partidos políticos (fundamentalmente Sí se Puede e Izquierda Unida) y fuerzas sociales que ya habían sido establecidos por el Círculo con anterioridad al pasado proceso electoral, con el fin de elaborar la Candidatura de Unidad Popular que, con el apoyo del partido Podemos y la participación de sus militantes, concurriera a las próximas elecciones municipales en Candelaria con el objetivo de desplazar a La Casta del poder municipal y aplicar lo previsto en el capítulo 3 del bloque 1 del del documento político-organizativo. En caso de que no fuera posible el formato de agrupación de electores, se acordó por unanimidad que se apoyaría a algún partido de trayectoria e iniciativa municipalista que ya estuviera implantado en Candelaria, o a la coalición en que participara.

5) Medidas para prevenir un conflicto de intereses. Se aprobó por unanimidad que, mientras no se resuelva el conflicto de intereses señalado en el artículo XI, letra e), del código ético de Podemos en que presumiblemente incurre el compañero secretario general, este consejo ciudadano no apoyará en ningún caso la opción de que se presente a las elecciones locales al ayuntamiento de Candelaria en cualquier candidatura de unidad popular que pudiera ser apoyada o promovida por Podemos Candelaria a nivel local.

En caso de que el compañero secretario general, dentro de su libertad de actuación y decisión, se presentara por cualquier otro partido o iniciativa a nivel local distinta de dicha opción de unidad popular representativa de la mayoría social que Podemos Candelaria estime que se debiera apoyar como confluencia ciudadana alternativa a los partidos tradicionales en el poder, se iniciará el procedimiento para su destitución según lo previsto en el documento de principios organizativos, entendiéndose que ha primado el interés personal de acceso a cargo público antes que la línea general planteada por Podemos Candelaria, de velar lo más objetivamente posible por lo que estime positivo para la ciudadanía del municipio.

Así mismo se aprobó por unanimidad que ninguna candidatura de unidad popular que pudiera ser apoyada o promovida por Podemos a nivel local, ni ningún acuerdo de gobierno que pudiera establecer dicha candidatura con otras fuerzas políticas a nivel local, permitirá que en el ayuntamiento de Candelaria existan puestos de confianza adscritos al grupo de gobierno.

Finalmente y sin más asuntos que tratar se da por concluida esta sesión constituyente del Consejo siendo las 21:00 horas.

JA

José Antonio Sun 25 Jan 2015 9:19PM

Mis queridos amigos, como siempre ocurre, le tienen una aberración absoluta y total a la lectura de los documentos y eso les lleva a cometer todo género de atrocidades, como las que están cometiendo, que si me lo permiten y con todo el cariño del mundo, paso a detallarles:

1) Artículo 41. La Secretaría General Territorial (Municipal o Autonómica).
a) Competencias
- Es el/la responsable de la representación política e institucional del partido en ese territorio.
- Convocar a la Asamblea Ciudadana del correspondiente ámbito territorial, tanto para todas las cuestiones que resulten preceptivas, como para cualquier otra consulta según lo establecido en el apartado de “Asambleas Ciudadanas Territoriales”.
- Convocar, para cuestiones de especial trascendencia, si lo estima oportuno, cualquier Asamblea de nivel territorial inferior.
b) Elección del/de la Secretario/a General Territorial.
El/la Secretario/a General Territorial será elegido/a por todos los miembros de PODEMOS en el territorio correspondiente, mediante sufragio libre y directo durante el transcurso de la respectiva Asamblea Ciudadana Territorial. Se garantizará el derecho al voto presencial y telemático.

Resalto: “Es el/la responsable de la representación política e institucional del partido en ese territorio.”. ¿Ante esto alguna de las lumbreras que organizaron esa supuesta Constitución del Consejo me puede explicar, como se puede llevar a cabo ese acto sin la presencia del Secretario General?. ¿No se dan cuenta que lo que se ha hecho no tiene validez dentro de Podemos porque no había representación institucional de la organización?, ¿Por qué creen que si dimite el SG se tienen que convocar nuevas elecciones?. ¿Es que están tan desesperados por conseguir cuota de poder que ya les ciega hasta para las cosas más nimias?.

2) Teniendo en cuenta el punto anterior lo demás sobra, pero voy a continuar para ver si son capaces de darse cuenta que no se pueden acumular más tonterías en la misma acta. No pueden plantear un reglamento interno que vaya en contra del documento organizativo (si ese documento que se aprobó a nivel estatal con el 80% de los sufragios, que lo presentó un tal Pablo Iglesias y su equipo y que deberían pedirlo para sus cumpleaños, para que cada día puedan leer dos líneas, no sea que se le confundan las neuronas). Ese documento tan “exotérico” dice:

Artículo 38. Mecanismos para convocar el Consejo Ciudadano.
Los Consejos Ciudadanos Territoriales podrán ser convocados en cualquier momento:
a) A propuesta del/la Secretario/a General.
b) A petición del 25% del Consejo Ciudadano Territorial.
c) A petición de 10 % de los inscritos en PODEMOS o del 10% de los Círculos de ese orden territorial.

En ningún caso podrán transcurrir más de tres meses entre dos reuniones plenarias del Consejo Ciudadano Territorial. El/la Secretario/a General tendrá la obligación de convocar al Consejo Ciudadano antes de que transcurra ese plazo.

Por lo tanto si el 25% lo puede convocar ustedes no pueden poner que el Cuórum sea el de mayoría absoluta.

3) Esta ya es la monda, todavía no se han enterado que el Consejo Ciudadano es una cosa y el Círculo otra y para ello definen:

Artículo 42. Definición de Círculo.
Los círculos son una agrupación voluntaria y abierta en el que convergen personas interesadas por una transformación social sustentada en el respeto por la democracia, la dignidad y los derechos humanos.
Las fórmulas de relación de los círculos con los Consejos Ciudadanos y las Asambleas se ajustarán a lo dispuesto en estos Estatutos y a los Reglamentos que cada Asamblea de orden territorial pudieran acordar.
Deberán velar por que ningún órgano sea creado sin la aprobación de la Asamblea Ciudadana Territorial y asegurarse de que dichos órganos se rigen por los principios generales de PODEMOS decididos en la Asamblea Ciudadana Estatal.

Queridos compañeros “Las fórmulas de relación de los círculos con los Consejos Ciudadanos y las Asambleas se ajustarán a lo dispuesto en estos Estatutos y a los Reglamentos que cada Asamblea de orden territorial pudieran acordar.”. El Consejo Ciudadano no tiene potestad sobre los círculos, es la Asamblea en todo caso, pero es que además como son cosas distintas hay que habilitar un reglamento para reglar esas relaciones. UN CONSEJO CIUDADANO NO PUEDE CONVOCAR A UN CÍRCULO.

4) Ya está dicho en el punto anterior pero insisto además, de que el Consejo Ciudadano no es nadie para tomar decisiones sobre las herramientas de un círculo y mucho menos apropiarse de ellas. Me resulta simpático lo de “Administradores realmente neutrales” tal como el señor Juan José Triana que nada más ser nombrado se dedicó a borrar a diestro y siniestro y a expulsar a todo aquel que no comulgaba con su punto de vista, ese fue una demostración clara de la democracia al estilo Si Se Puede.

5) El punto Nº 4 es la cuestión central por la que se han desprestigiado como políticos y personas, al caer tan bajos de, una vez más, intentar canibalizar a una organización que pueda ser competidora. Incluso se permiten en lujo de anticipar que van a pasar por encima del documento organizativo (de Podemos porque el de Si Se Puede si lo cumplen a rajatablas) y en caso de que no salga la Agrupación de Electores (ya anticipo que no saldrá) se van a dar su apoyo a Si Se Puede o sopa de siglas. ¿Pero por DIOS no se dan cuenta como se embadurnan en la porquería de las cloacas de la política, cuando un Consejo Ciudadano pirateado por Si Se Puede le va a dar el apoyo a Si Se Puede?. ¿Alguien se puede plantear que sus intenciones eran otras?.

6) ¿Conflicto de intereses?, ¿CONFLICTO DE INTERESES?, ¿puede haber mayor conflicto de intereses que una fuerza política, colonice los órganos de dirección de otra con la cual tiene una relación de competencia directa?. ¿CONFLICTO DE INTERESES?, ¿pero es que sus bases no tienen dos dedos de frente y ponen fin a este desatino mayúsculo?.

7) Magnífico, ahora se inventan un proceso de destitución del Secretario General. Compañeros con más cariños todavía, ¿conocen lo del proceso revocatorio?, ¿saben que si el Secretario General deja de serlo hay que convocar nuevas elecciones?.

8) NO PUEDEN APOYAR O NO A NADIE, recuerden esto por favor: ““Es el/la responsable de la representación política e institucional del partido en ese territorio.”. ¿saben a qué figura orgánica esta asociadas estas palabras?. No no no no…… esperen……no vayan a buscarlo porque entonces nos dan las uvas, recurran al punto uno de este escrito y después descansen un buen rato, porque el esfuerzo es monumental para ustedes.

Estimados compañeros de Si Se Puede (porque ustedes tienen claro que nunca fueron de Podemos y nunca lo serán, pero no por los demás sino por ustedes mismos), cuando en el futuro miren para detrás y analicen esta etapa de sus vidas y en el lodazal donde se metieron, por una pequeña cuota de poder, sentirán una enorme vergüenza, porque nadie se puede someter a sí mismo a una vileza mayor, en aras del egoísmo y la avaricia. Ya sé que me dirán que ustedes no van a cobrar, no tienen aspiraciones etc., pero alguien me dijo una vez “no quieren que les den, quieren estar donde haya”.