Loomio
Wed 11 Nov 2015 11:52AM

Consensuado por todos Nodos

J JuanaMoya Public Seen by 289

EXIGENCIAS AL GOBIERNO DE ESPAÑA

Sanidad

  1. Desarrollo del artículo 17 del Estatuto de Ciudadanía española en el exterior. Garantizar un sistema de cobertura sanitaria en el extranjero a toda la ciudadanía española y a todas aquellas personas que hayan estado afiliadas a la Seguridad Social al menos durante un mes.
  2. Expedición de la Tarjeta Sanitaria Europea sin restricciones.
  3. "Habilitación de delegaciones de Seguridad Social en el extranjero, en aquellos lugares donde no existan, para facilitar los trámites de solicitud del derecho a la asistencia sanitaria con cargo al Estado Español de españoles sin derecho a la asistencia sanitaria reconocida por el país de residencia (o facilitación del servicio en lugares de difícil acceso: cobertura del desplazamiento, apertura en horarios no laborales, o prestación del servicio a través de la administración del país de acogida con traducción)
  4. Fomento de los convenios bilaterales fuera del territorio UE especialmente en aquellos que reciben mayoritariamente inmigración procedente del territorio español.

Ayudas y servicios sociales

  1. Presión y exigencia por parte del Gobierno español para la retirada del artículo 7:I.2 SGB II que admite la discriminación a extranjeros para recibir ayudas sociales, y de cualquier artículo de este tipo dentro de la UE, por ser contrario a derecho comunitario.
  2. Incidir y presionar por parte del Gobierno español sobre la necesidad de informar abiertamente sobre la discriminación en las ayudas sociales y legislaciones particulares de los países sobre la limitación de la libre movilidad de personas, desde la primera vez que alguien se registra en el país de acogida.
  3. Desarrollo del artículo 26.2 del Estatuto de Ciudadanía española en el exterior: establecimiento de programas de retorno digno, con ayudas y asesoría laboral para aquellas personas que deseen regresar a España.
  4. Creación de escuelas públicas españolas en el extranjero donde se puedan estudiar primaria, secundaria y bachillerato según programas y legislación españolas.

Voto

  1. Elaboración de un protocolo del voto exterior con el consenso y la colaboración de los colectivos de migrantes implicados y expertos en la materia. Información clara, precisa y visible, con los plazos adecuados.
  2. Formación del personal consular.
  3. Derogación del voto rogado.
  4. Facilitación de inscripciones consulares, con la posibilidad de realizarlas telemáticamente sin excepción.
  5. Obligatoriedad de abrir consulados fuera de los horarios laborales de oficina.
  6. Reembolso del coste del desplazamiento hasta el consulado cuando la inscripción telemática no fuese posible.
  7. Implementación del voto telemático con las garantías adecuadas.
  8. Franqueo prepagado en todos los casos de voto postal.
  9. Facilitación de la presentación de reclamaciones, sin posiblidad de silencio administrativo negativo.

PROBLEMÁTICA DERIVADA DE LA DISCRIMINACIÓN EN EL PAÍS DE ACOGIDA POR CONDICIÓN DE INMIGRANTES

Precariedad laboral

  1. Desarrollo del artículo 29 del Estatuto de Ciudadanía española en el exterior, referente a la protección de trabajadores/as españoles/as en el extranjero, con especial atención a aquellos casos de discriminación salarial por falta de reconocimiento y homologación profesional (enfermería, arquitectura, etc.) dentro de la UE.
  2. Armonización y extensión de permisos de trabajo y residencia en toda la UE para dar solución al vacío legal de los emigrados no nacionales con tarjeta, que no pueden trabajar en el país receptor, encontrándose en una situación ilegal asimilada a los sin papeles.
  3. Facilitación de los servicios de asesoría previa y posteriormente al desplazamiento para buscar trabajo o para trabajar por parte de la administración pública española, más allá de la información exclusivamente por internet.
  4. Mayor control por parte del Gobierno español sobre las empresas intermediadoras de importación de trabajadores/as y exigencia por parte del Gobierno español de que el gobierno de acogida ejerza igual control sobre las mismas.
  5. Promoción de la cooperación entre los colectivos de trabajadores/as y/o sindicatos con el país de acogida para la protección de los derechos laborales.

Limitación de la libre circulación

  1. Amplicación del derecho de libre circulación de trabajadores en la UE, establecido en la Directiva 2004/38/EG y regulado en la Directiva 2004/38/EG, al derecho de libre circulación de personas en la UE, sin posibilidad de expulsión de ciudadanos dentro del marco comunitario.
  2. Obligación por parte del Gobierno de informar abiertamente sobre legislaciones particulares que limiten la libre circulacion de personas, desde la primera vez que alguien se registra en el país de acogida.
MF

[email protected] Tue 17 Nov 2015 7:01PM

Descendientes:
• Programa de apoyo a los jóvenes descendientes de los españoles en el exterior, mediante un sistema de becas de estudio y en prácticas, incentivos a proyectos empresariales y políticas activas de empleo en España a través de las Oficinas de Empleo.
• De una manera más general, el Estado facilitará la consolidación de los lazos sociales y culturales de los descendientes con España y sus diferentes comunidades autónomas, mediante programas específicos de apoyo a las actividades socioculturales destinadas a este colectivo, tales como viajes culturales, programas culturales, transmisión de la memoria histórica de los emigrantes españoles, y todos aquellos que concurran a dicho objetivo.

Nacionalidad:
• Adopción de un Código de la Nacionalidad que cumpla la disposición adicional segunda de la Ley del Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior, que garantice que los hijos de madre española nacidos con anterioridad a diciembre de 1978 puedan recuperar su nacionalidad española de origen y que posibilite la doble nacionalidad simultánea, suprimiendo la actual obligación de renuncia a la nacionalidad extranjera. Establecimiento de Convenios de doble nacionalidad real y simultánea, especialmente con los países de Hispanoamérica, de la Unión Europea y Suiza.
• Ampliación de las disposiciones previstas en la Ley de la memoria histórica, de forma que puedan recuperar la nacionalidad los nietos de aquellos que sufrieron exilio político y/o económico hasta la muerte de Franco

MF

[email protected] Tue 17 Nov 2015 7:03PM

Participación:
• Creación de una circunscripción electoral de representación directa de los emigrantes en el Congreso de los Diputados y en el Senado, proporcional al número de residentes españoles en el exterior. Con el fin de establecer una correcta representación parlamentaria de los ciudadanos españoles residentes en el exterior.
• Reinstaurar el derecho de los emigrantes a votar en las elecciones municipales.
• Agilización de los trámites administrativos para facilitar el voto por correspondencia, cuando sea posible, y del voto electrónico, cuando ofrezca garantías suficientes de seguridad e inviolabilidad.
• Campaña informativa y dotación de recursos a las Oficinas Consulares para hacer frente a los procesos electorales.
• Desarrollo de un protocolo de custodia del voto para las urnas depositadas en las Oficinas Consulares.
• Del mismo modo que ya ocurre en los demás órganos institucionales de representación ciudadana, como el Consejo de Mayores, el de la Juventud o el de la Mujer, las Federaciones de asociaciones inscritas en el Registro Oficial o en el Censo previsto en el Estatuto de la Ciudadanía española en el exterior, deben tener representación directa en el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior, cuya composición global debe respetar el principio de igualdad de género. Los Consejos de Residentes Españoles deben ser constituidos por los representantes de las asociaciones y federaciones de emigrantes que acrediten la representatividad necesaria en los términos que se establezcan y estén debidamente inscritas en el Registro oficial previsto en esta Ley. El sufragio universal tan sólo se justificaría si tuvieran poder de decisión. En los Consejos de Residentes Españoles deberán participar todos los organismos periféricos de la administración española cuyas misiones tengan que ver con los residentes españoles, tales como Consejerías de Educación y Ciencia y Laboral y de Asuntos Sociales, Instituto Cervantes.

CCE

CEA Colectivo Emigrante Aragones Tue 17 Nov 2015 7:44PM

Sugiero que sean añadidas al texto de consenso por tod@s los nodos las muy valiosas aportaciones hechas por [email protected]
¡Muchas gracias!