Loomio
Wed 11 Nov 2015 11:52AM

Consensuado por todos Nodos

J JuanaMoya Public Seen by 289

EXIGENCIAS AL GOBIERNO DE ESPAÑA

Sanidad

  1. Desarrollo del artículo 17 del Estatuto de Ciudadanía española en el exterior. Garantizar un sistema de cobertura sanitaria en el extranjero a toda la ciudadanía española y a todas aquellas personas que hayan estado afiliadas a la Seguridad Social al menos durante un mes.
  2. Expedición de la Tarjeta Sanitaria Europea sin restricciones.
  3. "Habilitación de delegaciones de Seguridad Social en el extranjero, en aquellos lugares donde no existan, para facilitar los trámites de solicitud del derecho a la asistencia sanitaria con cargo al Estado Español de españoles sin derecho a la asistencia sanitaria reconocida por el país de residencia (o facilitación del servicio en lugares de difícil acceso: cobertura del desplazamiento, apertura en horarios no laborales, o prestación del servicio a través de la administración del país de acogida con traducción)
  4. Fomento de los convenios bilaterales fuera del territorio UE especialmente en aquellos que reciben mayoritariamente inmigración procedente del territorio español.

Ayudas y servicios sociales

  1. Presión y exigencia por parte del Gobierno español para la retirada del artículo 7:I.2 SGB II que admite la discriminación a extranjeros para recibir ayudas sociales, y de cualquier artículo de este tipo dentro de la UE, por ser contrario a derecho comunitario.
  2. Incidir y presionar por parte del Gobierno español sobre la necesidad de informar abiertamente sobre la discriminación en las ayudas sociales y legislaciones particulares de los países sobre la limitación de la libre movilidad de personas, desde la primera vez que alguien se registra en el país de acogida.
  3. Desarrollo del artículo 26.2 del Estatuto de Ciudadanía española en el exterior: establecimiento de programas de retorno digno, con ayudas y asesoría laboral para aquellas personas que deseen regresar a España.
  4. Creación de escuelas públicas españolas en el extranjero donde se puedan estudiar primaria, secundaria y bachillerato según programas y legislación españolas.

Voto

  1. Elaboración de un protocolo del voto exterior con el consenso y la colaboración de los colectivos de migrantes implicados y expertos en la materia. Información clara, precisa y visible, con los plazos adecuados.
  2. Formación del personal consular.
  3. Derogación del voto rogado.
  4. Facilitación de inscripciones consulares, con la posibilidad de realizarlas telemáticamente sin excepción.
  5. Obligatoriedad de abrir consulados fuera de los horarios laborales de oficina.
  6. Reembolso del coste del desplazamiento hasta el consulado cuando la inscripción telemática no fuese posible.
  7. Implementación del voto telemático con las garantías adecuadas.
  8. Franqueo prepagado en todos los casos de voto postal.
  9. Facilitación de la presentación de reclamaciones, sin posiblidad de silencio administrativo negativo.

PROBLEMÁTICA DERIVADA DE LA DISCRIMINACIÓN EN EL PAÍS DE ACOGIDA POR CONDICIÓN DE INMIGRANTES

Precariedad laboral

  1. Desarrollo del artículo 29 del Estatuto de Ciudadanía española en el exterior, referente a la protección de trabajadores/as españoles/as en el extranjero, con especial atención a aquellos casos de discriminación salarial por falta de reconocimiento y homologación profesional (enfermería, arquitectura, etc.) dentro de la UE.
  2. Armonización y extensión de permisos de trabajo y residencia en toda la UE para dar solución al vacío legal de los emigrados no nacionales con tarjeta, que no pueden trabajar en el país receptor, encontrándose en una situación ilegal asimilada a los sin papeles.
  3. Facilitación de los servicios de asesoría previa y posteriormente al desplazamiento para buscar trabajo o para trabajar por parte de la administración pública española, más allá de la información exclusivamente por internet.
  4. Mayor control por parte del Gobierno español sobre las empresas intermediadoras de importación de trabajadores/as y exigencia por parte del Gobierno español de que el gobierno de acogida ejerza igual control sobre las mismas.
  5. Promoción de la cooperación entre los colectivos de trabajadores/as y/o sindicatos con el país de acogida para la protección de los derechos laborales.

Limitación de la libre circulación

  1. Amplicación del derecho de libre circulación de trabajadores en la UE, establecido en la Directiva 2004/38/EG y regulado en la Directiva 2004/38/EG, al derecho de libre circulación de personas en la UE, sin posibilidad de expulsión de ciudadanos dentro del marco comunitario.
  2. Obligación por parte del Gobierno de informar abiertamente sobre legislaciones particulares que limiten la libre circulacion de personas, desde la primera vez que alguien se registra en el país de acogida.
CCE

CEA Colectivo Emigrante Aragones Wed 11 Nov 2015 7:03PM

Sería importante homogeneizar las normativas legales de forma tal que TODXS lxs hijxs y nietxs de emigrantes españolxs de origen (es decir, nacidxs en territorio español), sin excepciones de ninguna índole, puedan acceder a la nacionalidad española de forma automática con sólo acreditar el vínculo de sangre.

OSG

Omar Sayes García Fri 13 Nov 2015 8:29AM

Es importante actualizar, cumplir y buscar nuevas vias con los gobiernos (especialmente latinoamericanos) para la reciprocidad de los migrantes, tanto españoles en latinoamerica, como latinoamericanos en España. A pesar de que desde los años 80 existen varios tratados que permiten la circulación y residencia entre latinoamerica y España, los sucesivos gobiernos, los han ignorado y han perseguido a los latinoamericanos en España. Ahora que la migración es a la inversa, muchos gobiernos latinoamericanos ponen trabas a los españoles que emigran a latinoamerica, precisamente por el trato recibido a los latinoamericanos (devoluciones desde los aeropuertos, internamiento en los CIEs, denegación de permisos de residencia, denegación de agrupamiento familiar, denegación de la tarjeta sanitaria, denegación de renovación de permisos de residencia por la perdida de trabajo, exigencia de invitación a familiares y amigos en visita, exigencia de mostrar determinadas cantidades de dinero para la estancia en frontera, trabas a estudiantes en universidades españolas....)
Si entendemos que las relaciones de este tipo son RECIPROCAS (es decir el mismo trato recibido por los latinoamericanos en España debiera aplicarse a los españoles en latinoamerica), con justa razón, muchos gobiernos latinoamericanos han empezado a poner trabas a la creciente emigración de españoles hacia latinoamerica.
Existen varios tratados (en vigor) entre estados que permiten la libre circulacion de sus connacionales en ambas direcciones, pero desde la primera ley de extranjeria (gobierno de Felipe Gonzalez) estos tratados han sido ignorados, especialmente por las fuerzas de seguridad del estado, remitiendose directamente a las leyes de extranjeria.

EA

Ester Alía Fri 13 Nov 2015 9:20PM

muy de acuerdo.
Rights for People Rules for Business

MSM

MANUEL SOLAS MARTINEZ Fri 13 Nov 2015 6:47PM

Con objeto de facilitar el regreso se debería valorar el trabajo desarrollado en el extranjero en las bolsas de trabajo que las distintas administraciones crean. Ejemplo: maestros, sanitarios, etc.

CCE

CEA Colectivo Emigrante Aragones Tue 17 Nov 2015 4:26AM

Sugiero y solicito anadirr al textconsensuado por todos los Nodos la sugerencia de realizar la defensa incondicional de la Ley 40/2006 del Estatuto de la ciudadania española en el exterior para exigir al Estado de España su pleno e íntegro cumplimiento dado que la misma ha supuesto un avance en la defensa de los derechos de la ciudadanía exterior española proponiendo, al mismo tiempo, la derogación de toda norma legal que haya contradicho sus principios aprobados por consenso unánime oportunamente en las Cortes Generales. Asimismo, exigir al Estado que tenga la obligación legal de hacer conocer y difundir sus contenidos y principios a l@s cuidadan@s español@s que reskden de forma permanente en el extranjero. Ruego que esta sugerencia sea sometida a votación. Muchas gra ias.

!

CCE

CEA Colectivo Emigrante Aragones Tue 17 Nov 2015 5:00AM

Solicito anadir al texto consensuado por todos en Nodos la reforma a la actual Ley electoral que nos permita recuperar nuestro derecho conculcado a votar en elecciones municipales para TODA la ciudadania española exterior desterrando la discriminación actual dada en razón a nuestro sitio de residencia que viola el principio de IGUALDAD ANTE LA LEY en nateria electoral (violación de la Constitución española y del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior (Ley 40/2006). Tenemos derecho a voto en todos y cada una de los procesos electorales celebrados en España, tal y como lo dispone el Estatuto de la ciudadania española residente en el exterior.
Rogariamos que esta propuesta pudiera ser incluida en el texto consensuado. MUCHAS GRACIAS! .

CCE

CEA Colectivo Emigrante Aragones Tue 17 Nov 2015 4:01PM

Creo que habría que tener en cuenta y proceder a la revisión de todos los tratados bilaterales en materia de seguridad social para adaptarlos a los nuevos tiempos y realidades.
Los tratados vigentes entre España y terceros Estados son muchos y es necesario que las reformas que se hagan sean siempre en favor de l@s trabajador@s y pensionistas.

MF

mferre@izquierda-unida.es Tue 17 Nov 2015 6:57PM

Plan de retorno:
• Elaboración de un plan de retorno que facilite el proceso de reintegración en España. El Gobierno deberá garantizar en un plazo no superior a 6 meses la integración social de los retornados, a través, especialmente, del restablecimiento de los subsidios por desempleo y sin que se les exija un mínimo de períodos de cotización en los países de emigración para su atribución. Igualdad de derechos sociales con los demás españoles, especialmente en materia de prestaciones no contributivas, sin que se les exija ningún período de residencia en España. Igualdad de trato fiscal con los contribuyentes que residen en España, especialmente en el IBI. Convenios con los Estados de residencia para evitar la doble imposición fiscal. Facilidades de acceso a la vivienda de protección oficial, pisos tutelados, ayudas para el alquiler o adquisición de la primera vivienda de los retornados. Centralización de las gestiones administrativas en la Oficina de Retorno, siguiendo el sistema de ventanilla única y en colaboración con las asociaciones y federaciones de emigrantes y de retornados como prevé el Estatuto de Ciudadanía Española en el exterior. Información actualizada en Internet a través del Portal del Retorno. Programa de protección social de los retornados en situación de indigencia.
• Las administraciones municipales y autonómicas también adoptarán las medidas necesarias para eliminar los obstáculos que dificulten a los españoles retornados el acceso a las prestaciones o beneficios sociales existentes, en las mismas condiciones que los españoles residentes en España.

MF

mferre@izquierda-unida.es Tue 17 Nov 2015 6:58PM

Pensiones y prestaciones por razones de necesidad:
• La Administración General del Estado arbitrará las fórmulas más beneficiosas para el reconocimiento, a los trabajadores españoles que hayan trabajado en el exterior, de las prestaciones económicas, derivadas de las cotizaciones a la Seguridad Social. Dichas fórmulas garantizarán el cómputo de los años de servicio militar, y de los que no figuren documentados a pesar de haber sido trabajados con anterioridad al hecho emigratorio y que podrán probarse con los documentos testimoniales que se establezcan reglamentariamente.
• Se arbitrarán fórmulas para que el cálculo de la Base Reguladora se efectúe sobre las bases medias de cotización correspondientes a un trabajador de la misma categoría profesional que el interesado, en el momento en el que éste cause derecho a la pensión de jubilación.

• Las cotizaciones efectuadas en situación de emigración serán computables para abrir derecho a las pensiones derivadas del extinto Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez., y ello como si hubiesen sido cotizaciones efectuadas en España. Para quienes habiendo trabajado en el extranjero tengan reconocido menos de esos 1.800 días antes del 1 de enero de 1967, se les atribuirá una pensión calculada por prorrateo sobre esa misma base, y no prorrateada por los 12.750 días como en la actualidad.
• Mejora de las pensiones no contributivas hasta equipararlas con el salario mínimo interprofesional. En ningún caso dicho reglamento podrá introducir limitaciones o restricciones en razón del país de residencia del interesado.

MF

mferre@izquierda-unida.es Tue 17 Nov 2015 6:59PM

Derechos Fiscales:
• El Estado promoverá el establecimiento de Convenios de doble tributación con los Estados de los países de residencia de los españoles en el extranjero con el objeto de evitar la doble imposición.
• Los emigrantes españoles residentes en el exterior, tienen derecho al mismo régimen fiscal que los españoles en el territorio nacional, y ello en todos los actos económicos en los que actúen.
• Los bienes inmobiliarios básicos (muebles, enseres y vehículo de motor) de los emigrantes que retornen, no sufrirán aplicación alguna de aranceles y bastará para ello la baja consular y una declaración consular adjuntando la lista del inventario de los mismos cuando así lo requiera la Agencia Tributaria de las Aduanas del Estado.

MF

mferre@izquierda-unida.es Tue 17 Nov 2015 7:01PM

Descendientes:
• Programa de apoyo a los jóvenes descendientes de los españoles en el exterior, mediante un sistema de becas de estudio y en prácticas, incentivos a proyectos empresariales y políticas activas de empleo en España a través de las Oficinas de Empleo.
• De una manera más general, el Estado facilitará la consolidación de los lazos sociales y culturales de los descendientes con España y sus diferentes comunidades autónomas, mediante programas específicos de apoyo a las actividades socioculturales destinadas a este colectivo, tales como viajes culturales, programas culturales, transmisión de la memoria histórica de los emigrantes españoles, y todos aquellos que concurran a dicho objetivo.

Nacionalidad:
• Adopción de un Código de la Nacionalidad que cumpla la disposición adicional segunda de la Ley del Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior, que garantice que los hijos de madre española nacidos con anterioridad a diciembre de 1978 puedan recuperar su nacionalidad española de origen y que posibilite la doble nacionalidad simultánea, suprimiendo la actual obligación de renuncia a la nacionalidad extranjera. Establecimiento de Convenios de doble nacionalidad real y simultánea, especialmente con los países de Hispanoamérica, de la Unión Europea y Suiza.
• Ampliación de las disposiciones previstas en la Ley de la memoria histórica, de forma que puedan recuperar la nacionalidad los nietos de aquellos que sufrieron exilio político y/o económico hasta la muerte de Franco

MF

mferre@izquierda-unida.es Tue 17 Nov 2015 7:03PM

Participación:
• Creación de una circunscripción electoral de representación directa de los emigrantes en el Congreso de los Diputados y en el Senado, proporcional al número de residentes españoles en el exterior. Con el fin de establecer una correcta representación parlamentaria de los ciudadanos españoles residentes en el exterior.
• Reinstaurar el derecho de los emigrantes a votar en las elecciones municipales.
• Agilización de los trámites administrativos para facilitar el voto por correspondencia, cuando sea posible, y del voto electrónico, cuando ofrezca garantías suficientes de seguridad e inviolabilidad.
• Campaña informativa y dotación de recursos a las Oficinas Consulares para hacer frente a los procesos electorales.
• Desarrollo de un protocolo de custodia del voto para las urnas depositadas en las Oficinas Consulares.
• Del mismo modo que ya ocurre en los demás órganos institucionales de representación ciudadana, como el Consejo de Mayores, el de la Juventud o el de la Mujer, las Federaciones de asociaciones inscritas en el Registro Oficial o en el Censo previsto en el Estatuto de la Ciudadanía española en el exterior, deben tener representación directa en el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior, cuya composición global debe respetar el principio de igualdad de género. Los Consejos de Residentes Españoles deben ser constituidos por los representantes de las asociaciones y federaciones de emigrantes que acrediten la representatividad necesaria en los términos que se establezcan y estén debidamente inscritas en el Registro oficial previsto en esta Ley. El sufragio universal tan sólo se justificaría si tuvieran poder de decisión. En los Consejos de Residentes Españoles deberán participar todos los organismos periféricos de la administración española cuyas misiones tengan que ver con los residentes españoles, tales como Consejerías de Educación y Ciencia y Laboral y de Asuntos Sociales, Instituto Cervantes.

CCE

CEA Colectivo Emigrante Aragones Tue 17 Nov 2015 7:44PM

Sugiero que sean añadidas al texto de consenso por tod@s los nodos las muy valiosas aportaciones hechas por mferre@izquierda-unida.es
¡Muchas gracias!