Tue 4 Nov 2014 1:43AM
No más circulación de vehículos de tracción animal
El artículo 98 de la ley 769 de 2002 del Código Nacional de Tránsito establece que “en un término de un (1) año, contado a partir de la iniciación de la vigencia de la presente ley, se prohíbe el tránsito urbano en los municipios de Categoría Especial y en los municipios de primera categoría del país, de vehículos de tracción animal”.
Lennin · Tue 4 Nov 2014 1:53AM
Ayudemos a los animalitos y al medio ambiente, carro eléctricos.