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Wed 28 Jan 2015 4:56PM

PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CALIDAD DEMOCRÁTICA - BORRADOR PARA EL PROGRAMA - Documentos de trabajo de EscoEncuentros

AP Ana Pastor Public Seen by 103

Participación Ciudadana y Calidad Democrática.

AP

Ana Pastor Wed 28 Jan 2015 5:11PM

Se trata de los documentos de trabajo de EscoEncuentros. Sobre ellos podemos empezar a resumir, aportar, eliminar... hacer nuestro programa

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Ana Pastor Wed 28 Jan 2015 5:11PM

DOCUMENTO DE CONCLUSIONES DEL GRUPO PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CALIDAD DEMOCRÁTICA (11 de enero de 2015)

Nota previa: este documento tiene dos partes diferenciadas: una, en negrita, compuesta únicamente por las propuestas consensuadas en el grupo de trabajo y que serían algo así como la redacción del apartado del programa político dedicado a participación ciudadana y calidad democrática, acompañada por el resto del documento, en el que se trata de introducir, documentar y/o fundamentar, aun someramente, las medidas propuestas. Para ello, además de la bibliografía mencionada en nota o en el anexo, se ha utilizado el documento de propuestas en materia de participación ciudadana presentado por Equo Escoriales y el programa marco 2015 de IU.

0.­ Introducción:
Podría entenderse la participación ciudadana, al menos, en un doble sentido: como medio indispensable para establecer, profundizar y garantizar el arraigo y la permanencia de los procesos de democratización en curso y como posible solución a ciertos problemas de legitimidad derivados de la creciente incapacidad de los gobiernos e instituciones para garantizar –en un contexto de globalización económica en el que un número no menor de decisiones con incidencia directa sobre la vida cotidiana de la ciudadanía es adoptado fuera del ámbito de influencia de las instituciones locales antaño fueron diseñadas para ello ([I])– el cumplimiento efectivo de los derechos fundamentales de la población. Puede entenderse también la participación ciudadana como factor que propiciaría la toma de mejores decisiones y la implementación de mejores políticas públicas, con lo que su promoción y garantía contribuirían de manera efectiva a mejorar la calidad democrática de las instituciones y de los gobiernos.
Por todo lo anterior, desde este grupo de trabajo se entiende que la promoción y garantía de la participación ciudadana y la búsqueda de la mejora en la calidad democrática –entendida como tendencia a la consecución de la igualdad política y al control efectivo de los representantes políticos por parte de la ciudadanía ([II])– de instituciones y gobiernos municipales han de constituir objetivos fundamentales de cualquier programa político.
Estructuraremos la propuesta política sobre participación ciudadana y calidad democrática en tres apartados: el primero abordará el libre acceso a la información y la transparencia, tanto en el funcionamiento de las distintas instituciones municipales como en la acción de gobierno, entendidos como condiciones para el ejercicio de una participación ciudadana informada y razonablemente fundamentada; el segundo apartado incluiría las medidas para promocionar la participación ciudadana, así como las herramientas y los cauces a implementar para su pleno ejercicio, y el tercero propondrá un código de buen gobierno que contribuya en cierta medida a avanzar en la rendición de cuentas y en el control efectivo de la representación política por parte de la ciudadanía.

1.­ Libre acceso a la información, transparencia y gobierno abierto:
1.1.­ Se promoverá la redacción y aprobación de una ordenanza municipal sobre transparencia, acceso a la información y reutilización de la información que desarrolle a nivel municipal la ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, previa realización de consulta a las entidades, asociaciones y colectivos interesados y teniendo en cuenta el listado de 80 ítems del índice de transparencia municipal. La falta de información de la gestión municipal es percibido como un problema.

1.2.­ Se promoverá la adaptación de la página web del ayuntamiento a lo dispuesto en la ordenanza municipal sobre transparencia mediante la creación de un portal de la transparencia, que incluirá información en formato reutilizable ([III]) de las siguientes áreas:
1) Organización (órganos de gobierno, miembros del pleno municipal con retribución anual, declaración de bienes, declaración de incompatibilidades y currículum –al menos cuatro líneas–) y planificación municipal (plenos, juntas de gobierno, calendario fiscal, etc.), con un apartado que incluya la relación de puestos de trabajo del ayuntamiento, con tabla de categorías, adscripción por concejalías y salario bruto anual, en el que se especifique también la existencia ( y su cuantía económica respectiva) o inexistencia de cargos de confianza.
2) Información de relevancia jurídica y patrimonial (resoluciones, sentencias, ordenanzas, patrimonio municipal especificando bienes por tipo de naturaleza y derechos, etc.).
3) Información sobre contratación, convenios y subvenciones (perfil del contratante con la información agrupada: resumen y enlace a cada documento relevante del proceso de licitación).
4) Información económica, financiera y presupuestaria(presupuesto, avances de liquidación, liquidación, memoria, inventario de bienes, informe financiero, informe de estabilidad presupuestaria, etc.).
5) Información sobre servicios y procedimientos ([IV]).
6) Información medioambiental y urbanística (PGOU, NNSS, observadores y estaciones de medición climatológicas, etc.). ([V])
1.3.­ Se promoverá la evaluación anual, de manera independiente a través de auditor externo al ayuntamiento, del compromiso de transparencia del ayuntamiento así como del grado de cumplimiento respecto del índice de transparencia municipal desarrollado por Transparencia Internacional. A su vez se habilitará un procedimiento administrativo para cursar quejas y sugerencias de la ciudadanía.

1.4.­ Se promoverá la creación de un Observatorio Municipal Ciudadano, independiente del ayuntamiento, cuyas funciones serán la realización de la evaluación anual del ayuntamiento en materia de transparencia y la fiscalización continua del ayuntamiento en materia de transparencia y la intermediación con la ciudadanía en materia de información sobre el derecho de acceso a la información, tramitación de peticiones de información, quejas y sugerencias.

1.5.­ Se promoverá la adaptación del funcionamiento del ayuntamiento y de las empresas municipales a los principios del gobierno abierto: transparencia, publicidad, fomento de la participación ciudadana, colaboración ciudadana e institucional, desarrollo de aplicaciones en el ámbito de las ciudades inteligentes ([VI]), desarrollo de indicadores de actividad, promoción de la creación de bases de datos abiertos relevantes para el municipio, mejora de la rendición de cuentas, promoción de TICs, etc. ([VII]).

1.6.­ Se promoverá la utilización y desarrollo en el ayuntamiento y empresas municipales de software de código abierto, así como la creación, desarrollo y difusión de bases de datos abiertos, entendiendo que toda la información generada por el ayuntamiento y la ciudadanía constituye un bien común valioso propiedad de toda la población.

1.7.­ Las sesiones del pleno municipal serán retransmitidas vía streaming y podrán ser visualizadas en tiempo real a través de la página web del ayuntamiento.
Publicidad en distintos medios y con suficiente antelación la fecha del pleno y del orden del día. Así mismo, publicación del acta del pleno en la semana próxima al pleno y no un mes y medio después.

1.8.­ La agenda institucional de la alcaldía y de cada concejalía se publicará con la debida antelación en la página web del ayuntamiento.

1.9.­ Se promoverá, en la medida de lo posible y sin perjuicio de la ley 15/1999 de protección de datos de carácter personal y la ley 37/2007 de reutilización de la información del sector público, la digitalización del Archivo Municipal.

2.­ Participación ciudadana:

Antes de enumerar las propuestas consensuadas en este apartado, cabe recordar, a modo de resumen de los debates mantenidos, algunas características de la participación ciudadana, ya que a pesar de ser un derecho fundamental reconocido en la Constitución Española (de manera directa en el art. 23 en el que se reconoce el derecho de todo ciudadano –a tener en cuenta que la descripción de ciudadanía es excluyente y restrictiva, ya que sólo incluye a los españoles según el art. 13.2.–, y de manera indirecta a través del resto de derechos fundamentales que forman parte del ejercicio de la participación ciudadana: derecho a la libertad ideológica, art. 16, a la libre expresión de ideas y opiniones, art. 20, a la libre reunión, art. 21 y a la libre asociación, art. 22) y una obligación del Estado el facilitarla y promoverla, art. 9.2., los cauces para su ejercicio de manera directa, ya sea a título individual o colectivo, mediante la consulta, el referéndum, la iniciativa legislativa, o el derecho de petición quedan relegados, cuando no directamente obstaculizados, a un segundo plano en relación a la vía de participación que la estructura constitucional del Estado español actualmente privilegia: la representación política a través de los partidos.[VIII]
A los anteriores obstáculos a la participación habría que sumar la falta de cultura participativa[IX] y los ocasionados por las condiciones materiales de existencia de la población –más relevantes en el caso de los sectores sociales más vulnerables, a los que cabría prestar mayor atención–, lo que acaba configurando un contexto social en el que las propuestas en materia de participación ciudadana han de ser realizadas desde la asunción realista del punto de partida, que no es otro que el reconocimiento de una obviedad: la participación ciudadana no es ni prescriptiva ni ha de ser meramente graciable.
Plantearemos pues una participación ciudadana libre –la delegación es una opción legítima y respetable, así como la voluntad de no participar–, reflexiva –consciente de su importancia, de su potencialidad y de sus limitaciones–, activa –basada en los principios de autoorganización y autonomía de los grupos y colectivos sociales, que reconoce a la ciudadanía como el principal agente político–, responsable –con la comunidad, con el entorno, con las generaciones futuras–, eficaz –que sirva efectivamente para alcanzar los objetivos que los distintos grupos sociales decidan– e independiente –laica, neutral, cuidadosa de no propiciar estructuras ni redes clientelares–, que parta de las prácticas participativas concretas ya existentes e intente propiciar su desarrollo, estabilización y perduración a través, preferentemente, de la cesión del uso de los medios y bienes materiales de los que disponga el ayuntamiento y del desarrollo de un cuerpo normativo propicio para su ejercicio.
La ciudadanía pide:
Propugnar una estructura participativa de carácter asambleario que dará un carácter más atractivo para los ciudadanos a la hora de implicarse más en los asuntos urbanos.
Giro de 180 º en la comunicación a los ciudadanos.
Vías para romper la atonía, la inercia de la población. Presentación de propuestas. Aprendizaje de otras experiencias. Intercambio ideal.
Instrumentos de control de la gestión de los ayuntamientos.
Participación, transparencia, movimiento asambleario.
Jornada sobre modelos de participación. Tomar distintos prototipos y conformar modelo e implementar. Hacer lo urgente.
Democracia participativa.
Asamblea abierta mensual con un único tema concreto de las 4 diferentes temáticas que engloban toda la gestión municipal
Adquisición de hábitos en la comunicación y diálogo respetuoso y constructivo. Las asambleas, redes sociales, votaciones para llegar a consensos.
Creación de una estructura de participación (hay modelos y experiencias) que sea sólida, incuestionable y muy permeable y transversal.

2.1.­ Redacción participativa y promulgación de una Carta de derechos ciudadanos, que reconozca el derecho a la ciudad -que implica entender el municipio como un espacio colectivo que pertenece por igual a todos los ciudadanos, el derecho a encontrar y construir las condiciones para la realización política, social y ecológica de toda la ciudadanía, la asunción del deber de solidaridad y el compromiso por parte de los poderes públicos de respetar la igual dignidad de todos los habitantes­ entendido como fundamento de la participación ciudadana, que oriente el desarrollo de los distintos programas y políticas públicas de un ulterior programa estratégico participación ciudadana.[X]

2.2.­ Se promoverá la redacción e implementación, en el marco de la Carta de derechos, de tres programas prioritarios: plan de promoción general del asociacionismo, plan de usos de los equipamientos municipales y plan de monitorización y defensa de los derechos ciudadanos, como los tres ejes transversales para el fomento de la participación ciudadana.

2.3.­ Se fomentará desde el ayuntamiento, dentro del plan de usos de los equipamientos municipales, la firma de acuerdos de colaboración y contratos de cogestión y/o de cesión de uso a las asociaciones y distintos colectivos sociales.

2.4.­ Se promoverán, en el marco de la Carta de derechos, la constitución del Consejo local de la mujer, el Consejo local de participación de la infancia y el Consejo de la ciudad como espacios para el debate, la deliberación y la toma de decisiones coparticipadas por la ciudadanía, distintos miembros del pleno municipal y trabajadores y técnicos municipales. Si hubiera interés, se promovería a su vez la constitución de tantos consejos territoriales y sectoriales como colectivos hubiera interesados en su creación y desarrollo. Sugeridos en algún momento fueron: Asambleas de Barrios, Foros Cívicos, Participación de emigrantes, Hotel de Asociaciones, Consejo Escolar.
Creación de concejos sectoriales de cada concejalía delegada para dar participación a los vecinos.
Participación de vecinos de las urbanizaciones periféricas.
Visibilidad y expresión de las diferentes culturas que convienen en nuestros pueblos. Canalizar la participación de los miembros de las diferentes culturas que convienen en nuestros pueblos.
Visibilidad y expresión de las diferentes sectores de población por edad, especialmente mayores y jóvenes principalmente.

2.5.­ Se promoverá el ejercicio del derecho de petición [XI], el ejercicio del derecho a la presentación de iniciativas legislativas populares [XII], a través de la habilitación de procedimientos, tanto presenciales como telemáticos, de presentación de instancias, asesoría en la redacción, facilitación recogida de firmas, toma en consideración por parte de cada concejalía interesada, debate y deliberación sobre las iniciativas en pleno municipal, etc.

2.6.­ Se promoverá el ejercicio de la potestad municipal de realizar consultas [XIII] a la ciudadanía sobre aquellos asuntos que, siendo de competencia municipal y exceptuando aquellos relativos a la hacienda local, revistan especial importancia y/o interés –remunicipalización de servicios, reglamentos y ordenanzas de convivencia, fusión de ayuntamientos, gestión de recursos naturales estratégicos, preservación de patrimonio y/o medioambiente, etc.–, previo debate, deliberación –incoada por parte del equipo de gobierno o a petición de parte–, acuerdo mayoritario en pleno municipal y concesión de permiso por parte del Estado.
Con la posibilidad de votación electrónica a la ciudadanía, al menos para las decisiones importantes.
2.7.­ Se impulsará la redacción y promulgación de un reglamento municipal de participación ciudadana, previo proceso participativo abierto.
Junto a una Comisión de Control del propio Reglamento.

2.8.­ Se impulsarán las iniciativas de presupuestos participativos y las iniciativas de cogestión, colaboración y/o cesión de uso de equipamientos municipales.
Cada barrio aportará propuestas al reparto del presupuesto de inversiones (¿inversión en su barrio?).

2.9.­ Se rehabilitará el turno de ruegos y preguntas en los plenos municipales, que pasarán a realizarse de manera alternativa por la mañana y por la tarde. Se promoverá la realización de audiencias públicas con los representantes electos para la rendición de cuentas con periodicidad semestral.
Publicación con suficiente antelación la fecha del pleno y del orden del día. Publicación del acta del pleno en la semana próxima al pleno y no un mes y medio después
Posibilidad de votación electrónica a la ciudadanía en los plenos, al menos para las decisiones importantes
Toma de decisiones asamblearias.

2.10.­ Se fomentará la tolerancia y la no confesionalidad de las instituciones municipales.

2.11.­ Se promoverá el uso de las nuevas tecnologías de la información por parte de la administración local, con especial énfasis en la utilización de software de código abierto y en la apertura y publicidad de los datos generados a través de la actividad municipal que pudieran facilitar la participación ciudadana.

3.­ Código de buen gobierno:
Calidad democrática y buen gobierno nuevo nombre propuesto por Luchín el 12 enero
Se promoverá la redacción y adopción por parte de los representantes electos de un código de buen gobierno que contribuya a restablecer una relación de colaboración, confianza y cercanía entre la ciudadanía y sus representantes, que salvaguarde la ética mínima imprescindible para el ejercicio de responsabilidades públicas y que coadyuve, junto a otra serie de medidas, a prevenir la corrupción, que incluya al menos los siguientes aspectos:

  1. Compromiso expreso con la protección y el respeto a la igualdad de género.

  2. Rechazo del transfuguismo y no aceptación en el propio grupo político de ninguna persona elegida representante bajo otra candidatura durante la legislatura en curso.

  3. Rechazo expreso de cualquier tipo de clientelismo político.

  4. Respeto estricto de cumplimiento de régimen de incompatibilidades durante su mandato y tras el mismo. Compromiso expreso de abstenerse en la toma de decisiones que pudieran comportar conflicto de intereses. Firma de declaración de ausencia de conflicto de intereses previa a la votación de concesiones y/o licitaciones. Adaptación del título II de la ley 5/2006 de 10 de abril de regulación de conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y altos cargos de la Administración General del Estado. [XIV]

  5. Compromiso expreso de dedicación al servicio público.

  6. Rechazo expreso de cualquier regalo y/o privilegio obtenido en virtud de su ejercicio como cargo público.

  7. Compromiso en la custodia de documentos e información especialmente protegida por la ley de protección de datos o por motivos de seguridad y/o interés general.

  8. Compromiso expreso de respetar, promocionar y defender la declaración de DDHH y de guiar la propia conducta en el ejercicio del gobierno por la austeridad en el uso de los recursos, por el principio de eficiencia y por los principios de sostenibilidad y precaución.

  9. Compromiso de promoción y cuidado del entorno cultural y medioambiental.

  10. Compromiso de permanencia máxima de dos legislaturas u ocho años en cargo público, con independencia de si estos pudieran ser de igual o distinta categoría.

  11. Compromiso con el principio de rotación periódica en los cargos públicos como representante electo: propuesta de legislaturas compartidas (dos ejercicios presupuestarios por representante).

  12. Limitación salarial como representante electo a 2600 euros netos mensuales en catorce pagas (equivalentes a cuatro veces el SMI) o un máximo de 50000 euros brutos anuales para alcaldía, 2200 euros netos mensuales en catorce pagas (3,5 veces SMI) para el resto de concejales del equipo de gobierno con dedicación a tiempo completo y 1100 euros mensuales netos en catorce pagas (1,75 veces SMI) para el resto de concejales con dedicación a tiempo parcial (compromiso firmado en autodeclaración de un mínimo de diez horas semanales). Misma retribución por asistencia a órganos de gobierno: 120 euros por pleno municipal. Sin retribución para junta de gobierno y mesa de contratación.

  13. Compromiso de renuncia o cese de forma inmediata y entrega del acta de representante, de todos los cargos, ante la imputación por la judicatura de delitos relacionados con corrupción, prevaricación con ánimo de lucro, tráfico de influencias, enriquecimiento injusto con recursos públicos o privados, cohecho, malversación y apropiación de fondos públicos, bien sea por interés propio o para favorecer a terceras personas. Así como también en casos de acusación judicial por delitos de racismo, xenofobia, violencia de género, homofobia u otros delitos contra los DD.HH. o los derechos de las personas trabajadoras. [XV]

  14. Compromiso expreso de aceptar el resultado, mediante renuncia y entrega del acta de representante, del procedimiento de revocación de cargo público que podrá ser incoado a instancia de parte y previa obtención de firmas en número igual al 25% del número de votos con el que se obtuvo el cargo detentado, en caso de pérdida de confianza por parte del electorado. [XVI]
    Revocabilidad de los cargos públicos por incompetencia, desviación del programa, etc.

  15. Compromiso expreso de elegir todos los puestos de las candidaturas municipales a través de un proceso de primarias abiertas (sólo en caso de que no se presentasen suficientes candidaturas para completar la lista se habilitaría un sistema alternativa en el que, en cualquier caso, los primeros puestos de la misma fueran decididos mediante votación), para el que se habiliten medios de inscripción en censo y de votación presenciales y telemáticos, que sea ampliamente publicitado. El recuento de votos y la elaboración de las listas se realizará a través del sistema de Voto único transferible (VUT)[XVII] y aplicando la corrección de género en forma de lista cremallera.

ANEXO: MATERIALES Y FUENTES UTILIZADAS:

Las fuentes de los materiales bibliográficos utilizados para la elaboración de este documento se han citado, en su mayoría, en las notas a pie de página, con su respectivo enlace, y son de acceso libre.
Puede encontrarse más información en la carpeta de documentación que se elaboró de manea colectiva gracias a las aportaciones y sugerencias de diversas personas participantes de Escoencuentros: Carpeta de documentos Comisión Participación Ciudadana y Calidad Democrática.

A continuación se adjunta una parte de la bibliografía utilizada:

1.­ Transparencia:
Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno: http://www.boe.es/boe/dias/2013/12/10/pdfs/BOE­A­2013­ HYPERLINK "http://www.boe.es/boe/dias/2013/12/10/pdfs/BOE­A­2013­%2012887.pdf"12887.pdf
Índice de transparencia de los ayuntamientos (Transparencia Internacional):http://www.transparencia.org.es/ITA_2012/Metodolog%C3%ADa_ITA_2012.pdf
Consideraciones críticas sobre el índice de transparencia:http://www.novagob.org/discussion/view/95166/%C2%BFque­cambiarias­del­indice­de­transparencia­de­ayuntamientos­ita
Ordenanza tipo sobre transparencia, acceso a y reutilización de la información y buen gobierno de la FEMP: http://www.femp.es/files/11­5133­fichero/Ordenanza Transparencia, Acceso y Reutilización de la información.pdf
Declaración de Gobierno Abierto: http://www.opengovpartnership.org/es/acerca­de/declaración­de­gobierno­abierto

2.­ Participación ciudadana:

Análisis de marco legislativo:
http://www.aragon.es/estaticos/GobiernoAragon/Organismos/InstitutoAragonesAdministracionPublica/Areas/03_Revista_Aragonesa_Formacion/12%20Enriqueta%20Exp%C3%B3sito.pdf
Estudio CIMAS sobre participación ciudadana en San Lorenzo de El Escorial, 2011: https://drive.google.com/file/d/0B–FyHJKSvK1jaHpjMXhfcEZqYTQ/view?usp=sharing
Reglamento de participación ciudadana tipo de la FEMP: http://www.femp.es/files/566­1596­archivo/Reglamento%20tipo%20FEMP%20Participaci%C3%B3n%20Ciudadana.pdf
Reglamento de participación ciudadana de Alcobendas (elaborado a través de un proceso participativo en el que colaboraron 400 habitantes y 19asociaciones): http://www.alcobendas.org/recursos/doc/Documentales/Otros/838983481_1432011193418.pdf
Carta europea de salvaguarda de los DDHH en la ciudad (Saint Denis, mayo 2000):http://www.idhc.org/esp/documents/CartaEuropea.pdf
Seminario sobre democracia participativa de ATTAC (desde una perspectiva crítica): http://attac–catalunya.cat/download/publicacions/Democracia%20participativa_CAST.pdf
“El derecho a la ciudad”: http://www.idhc.org/esp/documents/Biblio/DHE_7_esp.pdf
Documentación relativa a los Consejos locales de participación de la Infancia y la Adolescencia:https://drive.google.com/folderview?id=0B7Ko1vlUU5jocDhfcTFOdmpPWE0&usp=sharing
Documentación relativa a la cogestión de equipamientos y espacios municipales: https://drive.google.com/folderview?id=0B7Ko1vlUU5joMmNMNnJ5b2s1MWc&usp=sharing
Propuestas en materia de participación ciudadana de partidos políticos (incluye documento de Equo Escoriales y programa marco IU):https://drive.google.com/folderview?id=0B­FyHJKSvK1jaERCUE1EdWhSb3M&usp=sharing

3.­ Códigos éticos de buen gobierno:

Código europeo de conducta para la integridad política de los representantes locales y regionales electos:http://www.seap.minhap.gob.es/dms/es/areas/politica_local/participacion­eell­aeuropeos/codigoeuropeo.pdf
Código de buen gobierno local de la FEMP: http://www.femp.es/files/11­452­fichero/Codigo%20de%20Buen%20Gobierno%20Local.pdf
Código de buen gobierno local del ayto de Donostia:
http://www.donostia.org/info/ayuntamiento/gobiernociudad.nsf/voWebContenidosId/90CB97F43CF07936C1257AA00040F238/$file/Gobernu onarenkode etikoa.pdf
Código ético Guanyem Barcelona: https://guanyembarcelona.cat/es/codigo­etico­gobernar­obedeciendo/
Borrador de código ético de Ganemos Ciempozuelos: http://www.ganemosciempozuelos.es/wp–content/uploads/2014/11/PROPUESTA_CODIGO_ETICO.pdf

4.­ Calidad de la democracia:
“Calidad democrática y buen gobierno” (FEMP): http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=2&ved=0CCYQFjAB&url=http://documentos.femp.es/files/11­1883­fichero/Calidad Democrática y BuenGobierno.pdf?download=1&ei=s2k1VPSEC4vksATCl4CIAg&usg=AFQjCNErg28rM7loVm­HZFMPz080sXHMKA&sig2=W1Hd5o90K–STAMZr0bk96w&bvm=bv.76943099,d.cWc
“Evaluar la calidad de la democracia” (IDEA Internacional): http://www.idea.int/publications/aqd/loader.cfm?csmodule=security/getfile&pageid=33058

Incorporamos : (1) Programas políticos municipales de los partidos PP-SL, PSOE-SL, IU-SL para las elecciones de 2011. Y (2) las propuestas de los participantes en EscoEncuentros del 20 de septiembre de 2014 en el acto de presentación del mismo.

[I] Véase “Democracia representativa y democracia participativa ¿dilema o complemento?”, Joan Subirats. (Consultado por última vez el 10/01/2015).

[II] Igualdad política y control de la toma de decisiones serían, según el Instituto Internacional para la Democracia y la asistencia electoral (IDEA), losprincipios democráticos por excelencia e implicarían la consecución de un control de la toma de decisiones más inclusivo y eficaz, con la consiguienteeliminación del monopolio de las élites locales sobre esta toma de decisiones ysus beneficios y la superación de los obstáculos al ejercicio igualitario de losderechos político­civiles, económicos, sociales y culturales. Véase http://www.idea.int/publications/aqd/upload/Overview­Spanish­Web_inlay.pdf, pág 11 y ss.

[III] Cualquier formato que permita la reutilización de los datos (xls, csv); existe una escala de estrellas para evaluar cuán abierto y reutilizable es undocumento: http://es.wikipedia.org/wiki/Datos_abiertos

[IV] Con el compromiso de impulsar el desarrollo de un portal electrónico en el que estén integrados todos los procedimientos administrativos; también laposibilidad de desarrollar indicadores de actividad y de calidad de cada uno de los servicios municipales.

[V] Véase el modelo de ordenanza municipal sobre transparencia de la FEMP

[VI] Promoviendo la adhesión a la Red Española de Ciudades Inteligentes (RECI)

[VII]Puede consultarse más información aquí: http://www.opengovpartnership.org/es/acerca­de/declaraci%C3%B3n­de­gobierno­abierto

[VIII]Para más información puede leerse la sinopsis del art. 23 de la CE. Es interesante también leer a la luz de esta aparente paradoja el carácter no vinculantede las decisiones que pudieran adoptarse a través de la participación ciudadana fijado según el art. 69. 2 de la Ley de Bases del Régimen Local, y en generaltodos los obstáculos a la celebración de consultas a la ciudadanía, al ejercicio de la función legislativa a través de la iniciativa ciudadana –de la quedan excluidasmaterias tan sensibles como las hacendísticas– o a cualesquiera manifestaciones de autogobierno popular.

[IX] Véase al respecto el informe CIMAS sobre demandas, expectativas y propuestas sobre participación ciudadana en San Lorenzo de El Escorial, 2011(disponible en https://drive.google.com/file/d/0B­FyHJKSvK1jaHpjMXhfcEZqYTQ/view?usp=sharing)

[X] Véase como modelo la Carta Europea de Salvaguarda de los Derechos Humanos en la ciudad, Saint Denis 2000.

[XI]Reconocido en el art. 29 de la CE (véase http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo4­2001.html)

[XII] Art. 70 bis Ley de Bases de Régimen Local

[XIII]Art 71 LBRL

[XIV]Ley 5/2006 de 10 de abril de regulación de conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y altos cargos de la Administración Generaldel Estado.

[XV] Tomado sin modificación del código ético aprobado por Guanyem Barcelona

[XVI]Para más información sobre procedimientos y fundamentación de la revocación puede leerse el siguiente artículo:http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/qdiuris/cont/1/cnt/cnt3.pdf

[XVII] Para más información sobre el voto único o personal transferible léase: http://demopunk.net/sp/sp/pool/stv01.html

JP

Javier Pulido Thu 29 Jan 2015 8:20AM

Le voy a añadir cosas y darle una vuelta con el consejo y luego os lo paso para que opineís y propongaís.