Idea 02
No es una novedad, simplemente clarifica el modo en que hemos trabajado siempre en la comisión.
La normativa de tesis del DOE es una condición necesaria pero no suficiente para la presentación de la tesis. Sólo regula aspectos formales o de procedimiento. Además de eso, el Director o Directores de tesis y el Doctorando deben garantizar que la tesis tiene una calidad de contenidos, coherencia y contribución académica suficiente para ser admitida a trámite. La mera yuxtaposición de artículos, aunque estén publicados en revistas de prestigio, no consituye una tesis si no se le dota de una unidad y coherencia.
> Vota, y comenta las ventajas e inconvenientes que le ves a la propuesta (marca cuándo es un caso u otro) y/o modificaciones a la formulación
Juan A. Marin-Garcia Tue 27 Jan 2015 9:54PM
OK, recogida la idea de Faus en la formulación que se puede ver ahora
jose luis hervas Wed 11 Feb 2015 10:01AM
Creo que la idea 2 es interesante pero le falta lo esencial:, teniendo en cuenta que es coherente, contribuye, etc., ¿cuál es el número mínimo? ¿de qué calidad? (valen unas revistas que hace poco se expulsaron del JCR?????), SON ARTICULOS ENVIADOS O ACEPTADOS????. He visto unas cuantas tesis en teseo, buscas artículos publicados y NO APARECEN. ¿Hay seguimiento de lo que se dice que se ha enviado para ver si se ha aceptado? Esto puede ser muy grave y no se controla.
Marival · Wed 21 Jan 2015 11:24PM
Totalmente de acuerdo.