Loomio

ESMENA 13: substitució a apartat b) (Autor: Miguel Matz)

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Donde pone:

b) La limitación que se establezca con carácter general sobre el número de funciones públicas que pueda desempeñar una única persona.

Cambiar por:

b) Limitar a un cargo de función pública por persona.

JUSTIFICACIÓN:
Toda función pública precisa dedicación absoluta y por otra parte se trata de evitar que por acumulación de cargos una misma persona sea la responsable de todo un sistema de poder en sus diferentes niveles (Alcalde, conseller, diputado)

SR

Sergio Rocafort
Agree
Thu 21 Aug 2014 11:47PM

No a la duplicidad de funciones ni cargos, totalmente de acuerdo una persona un cargo o desempeño.

C

clara
Abstain
Sat 23 Aug 2014 5:48PM

Cada persona debería percibir un solo sueldo, pero en cuanto a las funciones no estoy tan segura, en todo caso, debe asegurarse que puede realizar eficazmente las que se asuman.

MVR

Miguel Verdugo Rios
Disagree
Sat 23 Aug 2014 5:59PM

Se debe limitar el sueldo máximo de/las funciones, pero no debe implicar ello, que no pueda asumir varias funciones.
Sueldo uno. Funciones, las que sea capaz de asumir con efectividad.

XT

Xavier Tió
Abstain
Sun 24 Aug 2014 4:19PM

Como han dicho otros, hay funciones que por imperativo legal tiene que realizar un mismo cargo. Si se añade este latiguillo "excepto por imperativo legal", entonces cambio el voto.

ÁCF

Álvaro Castro Forcadas
Agree
Tue 26 Aug 2014 10:55AM

Una persona, un cargo. Es un gran filtro contra la incompetencia, promueve la dedicación absoluta, evita la ramificación de la corrupción y facilita la incorporación de más gente dentro de la gestión pública.

DU

Jordi Ortiz Gil
Abstain
Wed 27 Aug 2014 5:39PM

Estic d'acord amb la idea, encara que no tinc gens clar que això hagi d'aparèixer als principis ètics sinó als organitzatius.

PGD

Paco Gómez de la Calle
Agree
Thu 4 Sep 2014 10:55AM

Estoy de acuerdo se habla de función pública solamente y ante los ciudadanos se está o no se está

BR

Bea Rilova Thu 14 Aug 2014 3:15PM

Supongo que se refiere a que si, por ejemplo formas parte del Consejo Ciudadano a nivel Municipal, ello sea incompatible con ocupar el mismo puesto a nivel Autonómico o Estatal... Me ha parecido leer propuestas organizativas donde, para pertenecer al Consejo Estatal, has de formar parte del inmediatamente inferior... De referirse a esto, coincido con Miguel.

JLB

Jose Luis Bravo Thu 14 Aug 2014 3:28PM

Estoy de acuerdo un sólo cargo con un sólo sueldo. Eso sí las funciones del cargo en cuestión deben ser limitadas y bien claras.

MÁC

Miguel Á. Cuerda Thu 14 Aug 2014 5:29PM

Cosa diferente sería incluir el compromiso de que los representantes perciban un sólo salario aunque (por imperativo legislativo) ostenten más de un cargo.

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