Loomio
Wed 17 Feb 2016 10:21PM

CAPÍTULO 1. LA ASAMBLEA CIUDADANA. Artículo 5. Procedimientos para convocar la Asamblea Ciudadana.

DC Documento Colaborativo Public Seen by 253

La Asamblea Ciudadana será convocada:
a) De forma automática:
Para cualquiera de los asuntos referentes a las competencias exclusivas e intransferibles de la Asamblea Ciudadana. La organización técnica del proceso le corresponde al Consejo Ciudadano.
b) Además podrá ser convocada de forma permanente, respecto a cualquier otro asunto que se considere relevante:
Podrá convocar una Consulta Ciudadana con carácter vinculante (a todos los inscritos):
1. El/la Secretario/a Autonómico.
2. Mayoría simple del Consejo Ciudadano.
3. Un 20% de los inscritos en PODEM CATALUNYA o un 20% de los círculos validados
Podrá convocar una Consulta Revocatoria con carácter vinculante (a todos los inscritos):
1. El/la Secretario/a Autonómico.
2. Mayoría absoluta del Consejo Ciudadano.
3. Un 25% de los inscritos en PODEM CATALUNYA o un 25% de los círculos validados
Podrá ser convocada una Asamblea Ciudadana Extraordinaria (presencial):
1. El/la Secretario/a Autonómico.
2. Mayoría cualificada de 3/5 del Consejo Ciudadano.
3. Un 30% de los inscritos en PODEM CATALUNYA o un 30% de los círculos validados.
En caso de inicio de un procedimiento de consulta por parte del cuerpo de electores, se elegirá a una ponencia de la consulta/Asamblea Extraordinaria que deberá garantizar que la propuesta de debate esté avalada por, al menos, dos técnicos cualificados en la materia.

TG

Tomas Garcia Mon 22 Feb 2016 11:40AM

creo que el 30% o incluso menos pueden solicitar la celebracion de asamblea extraordinaria, que debe aprovar una mayoria cualificada de inscritos 50%+1 y en el caso de los circulos, creo yo que deberiamos tender a utilizar una unidad de medida " el inscrito" no es lo mismo un circulo de 60 inscritos, que uno de 1000 no se si me explico?

TG

Tomas Garcia Mon 22 Feb 2016 11:45AM

nos podemos encontrar que alguien pueda utilizar medidas que tienden a democratizar como mediadas y actitudes bloqueantes...por ejemplo un 30% de circulos que no representan ni al 5% de inscritos nos pueden tener de asamblea extrordinaria, en asamblea extraordinaria toda la vida...asi que en ultima instancia quien proponga esa asamblea extraordinaria sea el 50%+1 de inscritos a peticion del 30% de inscritos y o de circulos, elcirculo debera solicitar la celebracion de asamblea extraordinaria de catalunya mediante la votacion de los inscritos de su circulo ok no solo de quien asista a la asamblea del circulo .