Loomio
Sun 15 Nov 2015 11:30PM

Aportación programa Exterior

JQF Javier Quintero Fernández Public Seen by 243

l Grupo de Trabajo de Ahora en Común Exterior presenta su programa completo de Exterior en el siguiente documento:

http://comunidad.ahoraencomun.org/documentos/propuesta-de-programa-exterior-de-ahora-en-comun-exterior/

Propuesta Completa de Programa Exterior de Ahora en Común Exterior.

Problemática migratoria (recogiendo las reinvindicaciones de los diferentes colectivos de migrantes)

Doble problemática: como inmigrantes en el país de acogida tanto la derivada pérdida de derechos como ciudadanos del estado español.

PROBLEMÁTICA DERIVADA PÉRDIDA DE DERECHOS COMO CIUDADANOS DEL ESTADO ESPAÑOL – EMIGRANTES

-Sanidad:

Retirada de la cobertura sanitaria al pasar más de 90 días al año fuera de España
Certificado sustitutorio no es aceptado en todas las administraciones de acogida
Seguro médico obligatorio en Alemania, con mínimo de 170 Euros al mes y con obligatoriedad de pagarlo retrospectivamente aun no habiendo estado cubiertas ese tiempo
No hay cobertura sanitaria fuera de Europa
Copago (por ejemplo, 10 euros por día de hospitalización)
Desinformación por parte de la administración
Problemas para recuperar la sanidad al volver a España
Propuestas:

Desarrollo del artículo 17 del Estatuto de Ciudadanía española en el exterior: es decir, garantizar un sistema de cobertura sanitaria en el extranjero a toda la ciudadanía española y a todas aquellas personas que hayan estado afiliadas a la seguridad social al menos durante un mes
Expedición de la tarjeta sanitaria europea sin restricciones
Habilitación de consejerías de Seguridad Social en el extranjero en aquellos lugares donde no existan ya o facilitación del servicio en lugares de difícil acceso: cobertura del desplazamiento, apertura en horarios no laborales, o prestación del servicio a través de la administración del país de acogida con traducción
Fomento de los convenios bilaterales fuera del territorio UE especialmente en aquellos que reciben mayoritariamente inmigración procedente del territorio español
-Ayudas sociales:

El art. 7:I.2 SGB II admite que sí se puede discriminar a extranjeros para recibir ayudas sociales y la modificación de la ley alemana de libre movilidad abre la puerta a la expulsión
Propuestas:

Presión y exigencia por parte del gobierno español para la retirada de cualquier artículo de este tipo dentro de la UE por ser contrario a derecho comunitario
Incidir y presionar por parte del gobierno sobre la necesidad de informar abiertamente sobre esto desde la primera vez que alguien se registra en el país de acogida
Desarrollo del artículo 26.2 del Estatuto de Ciudadanía española en el exterior: establecimiento de programas de retorno digno, con ayudas y asesoría laboral para aquellas personas que deseen regresar a España

-Voto:

Proceso complejo y con plazos demasiado cortos de recepción de papeletas
Retraso en la llegada de las papeletas, abstención forzada
Cierres del censo excesivamente anticipados
Caída en picado de la participación electoral en el extranjero
Dificultades en la inscripción en los consulados: falta de reglas claras, necesidad de desplazarse hasta el consulado, horarios imposibles para quienes trabajan
Desinformación/descoordinación por parte de la administración
No reembolso del coste del franqueo
Duplicidades en censos
Falta de respuesta por la administración al presentar reclamaciones

Propuestas:

Elaboración de un protocolo del voto exterior con el consenso y la colaboración de los colectivos de migrantes implicados y expertos en la materia
Información clara, precisa y visible
Formación del personal consular
Derogación del voto rogado
Facilitación de inscripciones consulares, con la posibilidad de realizarlas telemáticamente sin excepción
Obligatoriedad de abrir consulados fuera de los horarios laborales de oficina
Reembolso del coste del desplazamiento hasta el consulado cuando la inscripción telemática no fuese posible
Implementación del voto telemático con las garantías adecuadas
Franqueo prepagado en todos los casos de voto postal
Facilitación de la presentación de reclamaciones

PROBLEMÁTICA DERIVADA DE LA DISCRIMINACIóN EN EL PAÍS DE ACOGIDA POR CONDICIÓN DE INMIGRANTES

-Precariedad laboral

Poca o nula colaboración por parte de las instituciones públicas en el extranjero a información (solo web) y el clientelismo de dichas asociaciones apoyando iniciativas en instituciones opacas y con la técnica del dedazo
El trato desigual a veces con la legitimación de nuestro gobierno que impulsa políticas de creación de empleo saltándose a la torera el estatuto de los trabajadores y las convenciones y tratados internacionales vigentes
Desigualdad salarial, en el trato y en la cualificación del trabajador emigrante en los países receptores como Francia, Alemania, Reino Unido, etc..
Existencia de un vacío legal en el ámbito laboral de la Emigración de no nacionales con tarjeta de ellos no pueden trabajar porque se encuentran en una situación ilegal (asimilada a los sin papeles)

Propuestas:

Desarrollo del artículo 29 del Estatuto de Ciudadanía española en el exterior, referente a la protección de trabajadores/as españoles/as en el extranjero, con especial atención a aquellos casos donde las condiciones laborales se vean específicamente afectadas por la situación de inmigrantes (enfermería, arquitectura)
Facilitación de los servicios de asesoría previa y posteriormente al desplazamiento para buscar trabajo o para trabajar por parte de la administración pública española
Mayor control por parte del gobierno español sobre las empresas intermediadoras de importación de trabajadores/as y exigencia por parte del gobierno español de que el gobierno de acogida ejerza igual control sobre las mismas
Promoción de la cooperación entre los colectivos de trabajadores/as y/o sindicatos con el país de acogida para la protección de los derechos laborales
Resolución para todas las convalidaciones académicas dentro del marco europeo y terceros paises. En especial aquellas que no han sido armonizadas.

-Limitación de la libre circulación:

Tanto el Tratado Fundacional de la UE como la Directiva 2004/38/EG desarrollan la libre circulación de trabajadores, limitando así por tanto la libre circulación de las personas. La Directiva 2004/38/EG limita además a un periodo total de tres meses el desplazamiento para buscar trabajo. Después que luego hay que tener medios de vida suficientes y seguro médico. Posteriormente la Corte Europea de Justicia sentó jurisprusdencia al definir que la estancia como demandante de trabajo podía ser de un máximo de seis meses. Esto ha abierto la puerta a expulsiones de ciudadanos dentro del marco comunitario
Especial atención requiere la nueva regulación de la figura del demandante de empleo que se traslada a Alemania exclusivamente para buscar trabajo: si en un periodo de 6 meses el demandante de empleo no ha encontrado trabajo o no puede certificar que sigue buscando trabajo y que tiene posibilidades de encontrarlo pierde el derecho de residencia en Alemania.
Limitación de la reunificación familiar al parentesco de línea directa (hijos padres y abuelos), mientras que hasta ahora no se especificaba si tenía que ser solo de línea directa o también colateral (sobrinos, tíos…)
Expedición de títulos de residencia comunitarios para los cuales será necesario presentar un certificado del empleador
Introducción de la posibilidad de prohibición temporal de la reentrada en el marco del derecho europeo en caso de fraude
Imposición de sanciones en caso de falsedad en los datos requeridos para la expedición de un título de residencia comunitario

Propuestas:

Exigencia por parte del estado español de la inclusión de la libre circulación de todas las personas en toda la legislación de la UE. Estrategia de colaboracion entre todos los partidos con representación en el parlamento europeo para defender la libre circulacion de los CIUDADANOS dentro de la union europea especialmente para evitar las politicas de expulsiones
Promoción y colaboración expresa con países de la UE “exportadores” de emigración para trazar la estrategia de presión en las instituciones europeas

-Dificultades para la integración

Las personas salen de España en muchos casos sin conocimientos de la situación social, del marco jurídico (derecho de arrendamientos, acceso a la sanidad, acceso a ayudas sociales), de las exigencias burocráticas e incluso de la existencia de una emigración organizada
Las personas salen en muchos casos en contra de su voluntad, pierden su arraigo social y familiar (en su doble vertiente afectiva y práctica – alguien de la familia te lleva en coche, te acompaña al ayuntamiento, etc.), tienen inseguridades y problemas psicológicos. La consecuencia de ambos puntos es una merma considerable de derechos y una situación de desprotección
Los programas de integración que se desarrollan en los países de acogida se diseñan unilateralmente sin consultar con el país exportador de manera que se cometen constantemente fallos derivados del desconocimiento intercultural y la integración no se consigue plenamente, en algunos casos ni siquiera parcialmente creándose guetos.
El desconocimiento del idioma dificulta enormemente la interacción y la integración y sitúa a las personas emigrantes en una situación desfavorecida y en desventaja con a la hora de acceder al mercado de trabajo.

Propuestas:

Creación de una Oficina de la Emigración con sedes en todas las provincias españolas. Esa oficina debe crear en coordinación con las embajadas material informativo sobre los países:
descripción exacta de los principales trámites burocráticos a realizar tras la llegada;
informaciones prácticas y jurídicas sobre derecho de arrendamientos, laboral y social;
guía de las organizaciones de emigrantes españoles y de otras organizaciones que asesoren en esos campos. La Oficina de la Emigración debe asimismo facilitar logísticamente y económicamente una primera asesoría entre el futuro emigrante y la Embajada / accesoriamente una organización existente en el país de llegada / accesoriamente un abogado local
oferta gratuita y de acceso libre de cursos intensivos del idioma del país de acogida al menos hasta alcanzar un nivel B2

En todas las ciudades de llegada importantes debe haber una asesoría a las personas emigrantes mediante la Embajada o el Consulado. Si no hay presencia diplomática ni consular, se facilitará la asesoría mediante organizaciones de emigrantes que presten dichos servicios en dichos lugares y, en su defecto, por abogados locales.

Estas Oficinas ofrecerán también todos los servicios de manera telemática para facilitar el acceso.
Ampliar los tramites que se pueden llevar a cabo en las embajadas y consulados (por ejemplo: firma digital, penales, fe de vida de jubilados y pensionistas). Estos servicios también se ofrecerán de manera telemática.

La asesoría será universal durante los seis meses siguientes a la primera toma de contacto del emigrado con la Embajada o con el Consulado; después será universal en las Embajadas y Consulados y será financiada por el Estado cuando las personas acudan a organizaciones y, en su defecto, abogados, siempre que las personas demuestren no estar ganando más del doble del salario mínimo Interprofesional.
La asesoría no se limitará a las personas de nacionalidad española sino a todas aquellas personas que hayan cotizado en España por lo menos un mes a la Seguridad Social
En la regulación del acceso a este servicio no habrá ningún tipo de discriminación por edad. Tampoco se exigirá darse de alta en el Consulado. La única toma de datos se producirá en caso de financiar la asesoría a efectos de evitar el fraude
La remuneración de las organizaciones asesoras y de los abogados por asesoría se orientará a los costes de mercado de una primera asesoría jurídica

Se establecerá un sistema de financiación de las asociaciones de emigrantes que prime a las asociaciones que presten servicios de asesoría e información básicos y que por lo demás tenga criterios objetivos
Se fomentará por parte del gobierno español la cooperación bilateral con los países de acogida para la creación de programas conjuntos de integración con el fin de favorecer la efectividad de los mismos sea real

NOTA SOBRE POLíTICAS DE INMIGRACIóN

Las políticas de inmigración deben de diseñarse integrando en los equipos a personas que hayan tenido experiencia emigrante. Las personas que se han visto obligadas a emigrar tienen un conocimiento más profundo y cercano a la realidad de la situación y por tanto una mayor capacidad para la compresión de la problemática.
Para la creación de políticas de inmigración deben de tenerse en cuenta las reivindicaciones de los colectivos de inmigrantes.
Firma por parte de España y promoción en el resto de países de la UE de la convención de derechos del trabajador migrante, que implica reconocer los derechos fundamentales de las personas migrantes y sus familias: derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad personal, a la educación y la sanidad, a la participación política y sindical, etc. http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CMW.aspx
Se debe de trabajar por la apertura de las fronteras y el fomento de la libre circulación de las personas de forma universal
Se debe abolir la convención de Dublín.

PBB

pedro barcena borrajo Mon 16 Nov 2015 11:26PM

El enlace está caducado,Javier

PBB

pedro barcena borrajo Mon 16 Nov 2015 11:27PM

Me refiero al primero,no al final

CIF

CHUSÉ INAZIO FELICES Tue 24 Nov 2015 10:50AM

Lo que mas interesa a los emigrantes politicamente hablando, sobre todo si estan dentro del Estado español, es la posibilidad de poder particpar en la vida poltica de su Comunidad votando en las elecciones autonomicas, y eso hoy en dia no es posible. No deb iera ser tan dificl poder votar en tu Comunidad, ya que en el municipio es mas complicado por el tema de la residencia.