Wed 24 Sep 2014 8:06PM
Enmienda 1 Organización Autonómica
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Entre las funciones de la Asamblea Ciudadana Autonómica, en el punto e)
El punto quedaría redactado de la siguiente forma:
e) “Elegir un Consejo Ciudadano Autonómico para el territorio. Se garantizará la pertenencia al Consejo Ciudadano Autonómico de, al menos, un miembro de cada provincia que integra a la Comunidad Autónoma. Éstos serán elegidos, mediante un sistema de listas abiertas, por las Asambleas Ciudadanas Provinciales correspondientes. El resto de miembros del Consejo Ciudadano Autonómico serán elegidos/as mediante un sistema de listas abiertas corregido con criterios de género. El consejo Ciudadano Autonómico es el máximo órgano del partido entre Asambleas ciudadanas autonómicas”.