Loomio
Tue 8 Dec 2015 8:08PM

LAS REFORMAS LABORALES DE LA CRISIS ECONÓMICA

J julio Public Seen by 192

A continuación, os exponemos un resumen con las medidas más significativas de las dos últimas reformas laborales:

LA REFORMA LABORAL DEL PSOE

Medidas contra los trabajadores:

•DESPIDO OBJETIVO Se inició la subvención del despido objetivo mediante el pago por el FOGASA de hasta el 40% y la indemnización a las empresas de menos de 25 trabajadores, que son la mayoría, de forma que el coste de este tipo de despido resultaba casi el mismo que el coste de la finalización de un contrato temporal, durando esta medida hasta enero de 2014. A su vez, se suavizaron las causas del despido objetivo de forma que se abarataron algunos despidos que antes eran improcedentes.

•NEGOCIACIÓN COLECTIVA Por primera vez se atacó a los convenios colectivos, dando preferencia a los convenios de empresa sobre los sectoriales provinciales.

•ERES TEMPORALES Se introdujo en nuestra legislación laboral el Expediente de Regulación de Empleo Temporal o ERTE por el cual las empresas pueden reducir unilateralmente las jornadas o suspender los contratos de trabajo, sea cual sea el número de trabajadores, sin límite de duración y sin indemnización. Hasta enero de 2014 los ERTEs estuvieron subvencionados: el SEPE reponía 180 días de prestación por desempleo a los afectados y las empresas tenían bonificaciones en sus cotizaciones a la Seguridad Social.

Ventajas para los trabajadores: Se limitó a 3 años la duración máxima del contrato de obra, una mayor limitación en el encadenamiento de contratos temporales y el aumento progresivo aunque menor de la indemnización por fin de contrato temporal.

LA REFORMA LABORAL DEL PP

Medidas contra los trabajadores:

•DESPIDOS Se han suavizado tanto las causas del despido objetivo que ya no hacen falta pérdidas reales sino que vale con las previstas o incluso con una disminución persistente de ingresos.
En cuanto al despido improcedente, libre con pocas excepciones, su indemnización ha sido rebajada a menos días por año y un tope inferior, y se han eliminado también el pago de los salarios de tramitación, excepto en caso de readmisión.

•PRESTACIONES POR DESEMPLEO Se rebajó esta prestación que ha pasado a ser sólo del 50% frente al 60% que se cobraba anteriormente a partir del sexto mes.

•FOGASA Se ha producido una rebaja en las prestaciones de este organismo en el pago de deudas salariales de empresas insolventes y en concurso, si antes cubría hasta 150 días de deuda con el tope del triple del Salario Mínimo Interprofesional ahora sólo es hasta 120 días con el tope del doble del Salario Mínimo Interprofesional.

•NEGOCIACIÓN COLECTIVA Se atacó nuevamente a los convenios colectivos dándose preferencia al convenio de empresa sobre cualquier convenio sectorial, incluyendo los estatales, circunstancia que ha fomentado la existencia de convenios de empresa con salarios inferiores a los sectoriales.
Al mismo tiempo, se abrió la posibilidad para poder bajar el salario a los trabajadores hasta el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) fijado en unos 650 euros mensuales, al establecerse que los convenios colectivos no renovados pasaran a dejar de estar vigentes a partir del 8 de julio de 2013. Finalmente, este intento de la Reforma Laboral de 2012 por acabar con la ultraactividad de los convenios colectivos recibió un duro golpe, tras probablemente la sentencia más importante dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en materia laboral durante la última década, a partir de una demanda la Unión Sindical Obrera (USO), que devolvió a los trabajadores y trabajadoras los derechos perdidos al fijar el Alto Tribunal que aunque los convenios decayeran al año de expirar su vigencia por no haber acuerdo los derechos colectivos se mantuvieran al estar recogidos en el contrato de trabajo. Así, esta sentencia confirmó el fallo dictado por el Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears en la que se echó abajo la decisión de la empresa ATESE de reducir el sueldo de sus trabajadores desde el 7 de julio de 2013 tras haber decaído el convenio colectivo.

•CONTRATATACIÓN Se introduce el contrato indefinido de apoyo a los emprendedores que en realidad se trata de un contrato con despido totalmente libre y gratis durante el primer año.

Ventajas para los trabajadores: Las vacaciones que coincidan con una baja no se pierden y se aumenta hasta 12 años la edad del menor que justifica la reducción voluntaria de jornada.