Loomio
Wed 17 Feb 2016 10:14PM

CAPÍTULO 2. EL CONSEJO CIUDADANO. Artículo 13. Procedimientos de interlocución entre los Círculos y las Asambleas y Consejos Ciudadanos.

DC Documento Colaborativo Public Seen by 5

a) Círculos territoriales
Los Círculos territoriales validados podrán convocar consultas a la Asamblea Ciudadana Autonómica mediante el siguiente procedimiento:
1. Elaborar una propuesta escrita avalada por un técnico cualificado en la materia.
2. Aprobación de la propuesta por mayoría simple de al menos un 20% de los Círculos validados
3. Aval a la propuesta de un 20% de los Círculos o un 10% de los inscritos en PODEM CATALUNYA
El Consejo Ciudadano deberán articular mecanismos que garanticen que los Círculos de CATALUNYA puedan trasladar iniciativas al Consejo, a través de encuentros presenciales y online, sobre cuestiones de específica sensibilidad.
Los Círculos validados podrán convocar debates temáticos en los Consejos Ciudadanos mediante el siguiente procedimiento:
1. Elaborar una propuesta escrita avalada por un técnico cualificado en la materia.
2. Aprobación de la propuesta por mayoría simple de al menos un 10% de los Círculos validados
3. Aval a la propuesta de un 10% de los Círculos o un 5% de los inscritos en PODEM CATALUNYA

El Consejo Ciudadano, como parte de su proceso deliberativo, deberá consultar preceptivamente a los Círculos territoriales en aquellas materias que sean de su especial interés por las temáticas abordadas.
b) Círculos Sectoriales.
Los Círculos Sectoriales podrán convocar consultas a la Asamblea Ciudadana de cualquier ámbito territorial mediante el siguiente procedimiento:
1. Elaborar una propuesta escrita avalada por al menos un técnico cualificado en la materia.
2. Aprobación de la propuesta por mayoría cualificada de 3/5 del Círculo Sectorial.
3. Aval a la propuesta de un 20% de los Círculos validados o un 10% de los inscritos en PODEM CATALUNYA

Las Áreas de los Consejos Ciudadanos que traten temas sectoriales deberán articular mecanismos que garanticen que aquellos Círculos Sectoriales que por su especialización temática traten temas de interés homólogo puedan trasladar sus iniciativas a dichas Áreas en encuentros presenciales y online.
Los Círculos Sectoriales podrán convocar debates temáticos en los Consejos Ciudadanos mediante el siguiente procedimiento:
1. Elaborar una propuesta escrita avalada por al menos un técnico cualificado en la materia.
2. Aprobación de la propuesta por mayoría simple del círculo sectorial.
3. Aval a la propuesta de un 10% de los Círculos validados o un 5% de los inscritos en PODEM CATALUNYA
El Consejo Ciudadano, como parte de su proceso deliberativo, deberá consultar preceptivamente a los Círculos Sectoriales en aquellas materias que sean de su competencia, dada su especialización.

LA

Lio Alvarez Thu 3 Mar 2016 7:42PM

:ok: