Sun 8 Nov 2015 5:31PM
Medidas concretas de carácter general en materia fiscal CONSENSUADA NODO ARAGON

- Tributación en la misma base imponible de las rentas del trabajo y del capital. Se integran en la tarifa general del IRPF los rendimientos del capital para mejorar la progresividad, incluyendo a las plusvalías generadas en menos de dos años (ampliables a 6 en el caso de inmuebles). Como renta del ahorro sólo se consideran las plusvalías generadas en el medio y largo plazo porque no es ni justo ni equitativo que las ingentes plusvalías generadas por operaciones especulativas deban considerarse renta del ahorro y beneficiarse de tipos impositivos distintos a los de la tarifa general. En todo caso, no lo parece para los rendimientos de operaciones realizadas en el muy corto plazo.
- Modificar la Ley General Tributaria con una tipificación más rigurosa del delito fiscal, extender la responsabilidad por la deuda tributaria, determinar cuando no haya factura o no conste en ella la cantidad del impuesto, la más alta de las cantidades que se manifiesten como pactadas verbalmente o el precio medio del mercado.
Manolo Mon 16 Nov 2015 1:11PM
Entiendo que las plusvalías, cuanto menos las generadas en inmuebles, tienen su tributación propia y no pueden incorporarse a doble tributación en el IRPF, Cuestión distinta es la regulación de ese impuesto.
Jesús Molíns · Thu 12 Nov 2015 2:06PM
CONSENSUADA NODO ARAGON