Loomio
Wed 17 Feb 2016 10:13PM

CAPÍTULO 2. EL CONSEJO CIUDADANO. Artículo 14. Finanzas y transparencia en PODEM CATALUNYA.

DC Documento Colaborativo Public Seen by 4

a) El consejo ciudadano PODEM CATALUNYA está obligado a hacer públicas sus cuentas, medios de financiación y uso de recursos económicos, a través de mecanismos accesibles a la ciudadanía, y con una periodicidad mínima de seis meses. Esto sin perjuicio de las obligaciones adicionales que pudieran aprobarse por la Asamblea Ciudadana, en particular en lo referente a obligaciones de transparencia.
b) El consejo ciudadano PODEM CATALUNYA articulará sus mecanismos de financiación con el Consejo Ciudadano PODEMOS de orden territorial inmediatamente superior al que deberán rendirle cuentas conforme a las normas generales de transparencia de PODEMOS y aquellas específicas adoptadas por la Asamblea o Consejo Ciudadano del ámbito territorial superior.
c) Los procesos de contratación del consejo ciudadano PODEM CATALUNYA que excedan un 5% de su presupuesto anual deberán ser publicitados y arbitrará los medios para elegir, entre al menos tres presupuestos, el que más se adecúe a sus necesidades.
d) El patrimonio del consejo ciudadano PODEM CATALUNYA es inembargable e intransferible por cualquiera de sus miembros, pertenece a la organización y esta circunstancia sólo puede alterarse por la disolución del partido.
e) Cualquier miembro de PODEM CATALUNYA podrá recabar la asistencia de la Comisión de Garantías Democráticas territorial o, en su caso, Estatal, para defender en un procedimiento escrito y contradictorio, el cumplimiento de los principios de transparencia e incompatibilidades establecidos en cada Círculo y en estos Estatutos, así como la fidelidad contable y el cumplimiento de las obligaciones de las personas responsables.
f) El Consejo Ciudadano Autonómico elegirá a un responsable financiero y un interventor que se integrará en la Comisión de Finanzas Autonómica. La Comisión de Finanzas Autonómica se coordinará con los responsables de finanzas a nivel municipal.
Las comisiones de finanzas autonómicas se encargarán de velar por el cumplimiento de los principios de transparencia y gestión responsable en sus respectivos territorios con el apoyo de la Comisión de Finanzas Estatal. Para ello contarán con una estructura administrativa que les permita apoyar en las labores contables a los responsables municipales y a los círculos de su territorio para cumplir con las obligaciones fiscales y la rendición de cuentas.
g) Las comisiones de finanzas autonómicas se encargarán también de la canalización y control financiero de la parte del presupuesto autonómico asignado a las actividades a las estructuras municipales y de los círculos.
También serán funciones de las comisiones de finanzas autonómicas en coordinación con la Comisión Estatal:
- Gestionar presupuestos participativos para proyectos sociales en sus territorios
- Garantizar el apoyo necesario a las estructuras políticas autonómicas en el desarrollo de sus actividades.
- Las comisiones de finanzas autonómicas realizarán la función de fiscalización económica de los representantes y cargos electos de su territorio, encargándose de la publicación de su patrimonio, ingresos y gastos.
h) Los ingresos de las estructuras autonómicas provendrán de la asignación autonómica del presupuesto general anual, y se verá ampliada por los siguientes recursos:
- Subvenciones autonómicas, excluyendo una parte de las mismas que se destinará al presupuesto estatal para redistribuirlo entre el conjunto de Podemos. La comisión de finanzas estatal, en coordinación con las autonómicas, presentará una propuesta anual al Consejo Estatal para el reparto de estos fondos en el presupuesto estatal.
- Crowdfundings específicos a nivel autonómico
- En todo momento la financiación de Podem Catalunya debería ser aprobada por Podemos Estatal, pues si se decide que se acepta la financiación estatal deberían ser Podemos Estatal quien lo proponga para no incurrir en defectos de forma