Enmienda de sustitución.

Sobre la toma de decisiones:
En la línea 264, donde pone:
• Las que tengan que ver con la puesta en práctica de acuerdos ya tomados o con
resoluciones sobre cuestiones que ya tenemos debidamente debatidas y consensuadas como por ejemplo las recogidas en el programa, no hará falta que los
nodos se vuelvan a posicionar y podrán ser ejecutadas desde los grupos de trabajo y desde el CEN.
Debiera poner:
• Las que tengan que ver con la puesta en práctica de acuerdos ya tomados o con
resoluciones sobre cuestiones que ya tenemos debidamente debatidas y consensuadas como por ejemplo las recogidas en el programa, no hará falta que los nodos se vuelvan a posicionar y podrán ser ejecutadas desde los grupos de trabajo y desde el CEN, y posteriormente ratificadas por el Grupo de Trabajo de Programa dado que como se ha dicho son de índole programático.
· Sun 21 Feb 2016 4:45PM
Me parece bien el contenido, pero propongo esta otra redacción del final (creo que queda más claro el procedimiento y a qué tipo de acuerdos afectaría): En el caso de acuerdos de índole programático, serán posteriormente ratificadas por el Grupo de Trabajo de Programa.