Loomio
Wed 17 Feb 2016 10:18PM

CAPÍTULO 2. EL CONSEJO CIUDADANO. Artículo 9. Competencias del Consejo Ciudadano.

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  • Desarrollar con funciones ejecutivas las decisiones aprobadas por la Asamblea Ciudadana y aquellas conducentes a desarrollar la línea política de PODEM CATALUNYA.
  • Convocar a la Asamblea Ciudadana tanto para todas las cuestiones que resulten preceptivas como para cualquier otra consulta según lo establecido en el apartado “Asamblea Ciudadana”.
  • Aprobar el presupuesto y la rendición de cuentas de cada ejercicio (sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación).
  • Aprobar los presupuestos de las campañas electorales y de las campañas específicas a nivel autonómico (sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación).
  • Revocar decisiones del SGA que considere que no cumplan con el mandato de la asamblea, o que contradigan los documentos políticos y organizativos, mediante mayoría cualificada.