Tipo de lista de candidatxs

Abro este hilo para que lleguemos a formular una o varias propuestas para someter a votación.
Arantza Sat 20 Dec 2014 7:43PM
Creo que nuestro objetivo debería ser la lista cremallera porque es una apuesta política por la igualdad. El resto, lo iremos viendo en función de la disponibilidad de la gente para la candidatura.
Lo mínimo es cumplir la ley que dice que la proporción es de un 40%.60%, en toda la lista y por tramos de cinco. No vale sólo cumplirlo en la totalidad de la lista, ya que si no se cumple por tramos, la Junta Electoral puede anularla.

Iñigo Linazasoro Olondriz Sat 20 Dec 2014 7:53PM
Ahora mismo, el primer gran escoyo que veo yo para hacer la lista es la poca femenina que tenemos, incluso para poder completar la lista correctamente. Es algo que tenemos que corregir y potenciar desde mi punto de vista. Pero a ojo, sin tener todos los datos diria que exite una proporcion de 3 a 10.
Con esa proporcion hacer una lista cremallera me parece casi imposible, y cumplir con la ley justo justo.
saludos!

Loïc Alejandro Sat 20 Dec 2014 8:06PM
@arantza2 lo de los tramos de 5 no lo he encontrado en la ley. Solo he visto (en el link que he puesto) lo de 40%-60% y que en caso de que la lista fuera de 5 o menos candidatx, se debe acercarse lo máximo posible a esa proporción. ¿Tienes algunas referencia?
@inigolinazasoro si :( Podríamos imaginar una lista cremallera hasta que no haya más chicas y completar con lo que queda de chicos. No sé ...
Arantza Mon 22 Dec 2014 11:33PM
Lo de los tramos de 5 lo sé porque en alguna ocasión anterior la Junta Electoral nos ha hecho cambiar la candidatura, o te la anulan
Arantza Mon 22 Dec 2014 11:35PM
El intento de que sea cremallera habrá que hacerlo aunque sean los 10 primeros, y el resto tiene que cumplir la ley.
Kepa Salaberria Wed 24 Dec 2014 2:58PM
Yo pienso que la imposicion de la paridad debe integrarse en el sistema de votación, no en el resultado de la votación, eal menos en lo que concierne a los puestos elegibles, los 5 primeros, y algun suplente que otro al que le pueda caer la responsabilidad de representación en el futuro. Otra cosa me parece fasear los resultados. Para qué votamos si una comisión nos va a decir que A pasa por delante de B con menos votos?
Kepa Salaberria Wed 24 Dec 2014 3:01PM
La paridad no nos puede hacer perder el sentido de democracia. Si la imposición de a paridad la hacemos en la conformación de la lista de elegiles que hacecada elector, garantizamos la paridad y respetamos la decición del votante, como si salen dos hombres y tres mujeres despues. Sería triste? Quizás, pero sería lo que el elector ha querido. Y no creo que suceda así, porque los que estamos aquí tenemos la paridad como una de nuestras preocupaciones, no como un reclamo electoral-

Jon Hernández Wed 24 Dec 2014 3:11PM
Yo si soy partidario de intentar la lista cremallera. Creo que eso no nos hace perder el sentido de la democracia.

Iñigo Linazasoro Olondriz Wed 24 Dec 2014 4:13PM
Una propuesta a tratar,
realizar dos listas, lista A (SOLO CHICAS), lista B (SOLO CHICOS)
votacion de las dos lista de forma independiente y una vez finalizado la votacion, se realizar la cremallera, la primera en la lista chica, luego chico y asi sucesivamente,
Esperando que las chicas que son pocas acepten el doble reto de por una parte ser alcaldable y a su vez fomentar la participacion de las chicas en irabazi.
un punto importante para mi, si una chica es la candidata oficial, si no estoy equivocado, seremos los únicos salvo evidentemente la plataforma plazandeok que presente una chica como posible alcaldesa.
Creo que eso dice mucho de como estamos a nivel de igualdad en este pais, por desgracia, todavia en las cavernas.
un saludo!
Loïc Alejandro · Sat 20 Dec 2014 8:58AM
Las opciones que veo son:
lista cremallera mujer-hombre-mujer-hombre-... (mi preferida)
lista que cumple los requisitos exigidos por la ley ("composición equilibrada de mujeres y hombres, de forma que en el conjunto de la lista los candidatos de cada uno de los sexos supongan como mínimo el cuarenta por ciento" https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-11672#acuarentaycuatrobis)